STSJ Andalucía 1498/2014, 23 de Octubre de 2014

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2014:9918
Número de Recurso1230/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1498/2014
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

N.I.G.: 2906744S20130012351

Negociado: VE

Recurso: Recursos de Suplicación 1230/2014

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 10 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 915/2013

Recurrente: Jon

Representante: JUAN MANUEL PEREZ GONZALEZ

Recurrido: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE URBANIZACIÓN000 DE CARTAMA

Representante: CARMEN ZAVALA MEDINA

Presidente

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

Magistrados

Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES

Ilmo. Sr. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO

En Málaga a 23 de octubre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A 1498/14

En el recurso de Suplicación interpuesto por Jon contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número diez de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Jon sobre despidosiendo demandada la Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 de Cártama habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5 de mayo de 2014 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1º Mantenimiento, Jardines y Piscinas Marcos, representada por D. Jon, y la Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 de Cártama, representada por su presidente D. Jose Ángel, convinieron que aquella se haría cargo de la limpieza y mantenimiento de la comunidad de propietarios desde el 1 de enero de 2010.

  1. El demandante desarrollaba las funciones que constan en el acta de la sesión de fecha 17 de septiembre de 2013 -documento nº 2 del ramo de prueba de la demandada (folios 67 y 68) cuyo contenido se da por reproducido-.

  2. El actor emitía mensualmente facturas a la comunidad en las que consta el membrete "Mantenimiento jardines y piscinas Marcos" con su NIF, dirección, teléfono y correo electrónico. En el concepto de las facturas se expresa que corresponde al mantenimiento del mes y figura el precio y el IVA. La comunidad pagaba las facturas mediante ingreso bancario. Las facturas obran a los documentos nº 4 a 42 del ramo de prueba de la actora y su contenido se da por reproducido.

  3. En el periodo comprendido entre los meses de septiembre de 2012 a diciembre de 2012 emitió dos facturas mensuales por importe de 1.053,58 # y 219,50 #, más IVA; en el periodo comprendido entre los meses de enero a junio de 2013 emitió dos facturas mensuales por importe de 1.084,13 # y 225,87 #, más IVA; en los meses de julio y agosto de 2013 emitió dos facturas mensuales por importe de 1.485,48 # y 225,87 #, más IVA. Las facturas obran a los documentos nº 31 a 42 del ramo de prueba de la actora y su contenido se da por reproducido.

  4. El demandante estaba de alta en el RETA y abonaba mensualmente las correspondientes cuotas -documentos nº 43 a 50 del ramo de prueba de la actora y su contenido se da por reproducido.

  5. Organizaba su horario y únicamente estaba sometido al horario de apertura y cierre de la piscina.

  6. El actor utilizaba uniformidad consistente en polo de color gris y reflectantes que no era facilitada por la Comunidad de Propietarios.

  7. Los productos utilizados eran adquiridos por al actor y posteriormente abonados por la comunidad previa presentación de las correspondientes facturas. Adquirió los productos y material que constan en el documento nº 3 del ramo de prueba de la demandada cuyo contenido se da por reproducido. Asimismo, contrató con empresas la realización de determinados trabajos para la comunidad los cuales eran abonados por esta previa presentación de las facturas.

  8. El propietario D. Juan Pablo, en la sesión de 10 de julio de 2013, pidió que se requiriese a la empresa de mantenimiento la aportación del seguro de responsabilidad civil, manifestando D. Jon que lo presentaría a la junta directiva a la mayor brevedad -documento nº 2 del ramo de prueba de la demandada (folio 62 y 63) cuyo contenido se da por reproducido.-10º D. Jon es comunero en la comunidad de propietarios y vocal de la junta directiva hasta el 17 de septiembre de 2013 -documento nº 2 (folios 67 y 68) del ramo de prueba de la demandada cuyo contenido se da por reproducido-.

  9. En fecha 6 de marzo de 2013 la Junta Directiva convino la renovación, por un año, del contrato suscrito con D. Jon para la conservación y mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad. El acuerdo obra al documento nº 1 del ramo de prueba de la actora y su contenido se da por reproducido.

  10. El 6 de marzo de 2013 D. Jose Ángel, presidente de la comunidad, y D. Jon, en nombre de Mantenimiento de Jardines y Piscinas Marcos, suscribieron un contrato de prestación de servicios para la limpieza y mantenimiento de la comunidad, en virtud del cual el Sr. Jon se encargaría de realizar estos trabajos a cambio de un precio. El contrato obra...

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