SAP Lleida 479/2014, 10 de Noviembre de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución479/2014
EmisorAudiencia Provincial de Lérida, seccion 2 (civil)
Fecha10 Noviembre 2014

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE LLEIDA

Sección Segunda

El Canyaret, s/n

Rollo nº. 691/2012

Procedimiento ordinario núm. 574/2008

Juzgado Primera Instancia 2 Cervera

SENTENCIA nº 479/2014

Ilmos./as. Sres./as.

PRESIDENTE

  1. ALBERT GUILANYA I FOIX

    MAGISTRADOS

  2. ALBERT MONTELL GARCIA

    DÑA. ANA CRISTINA SAINZ PEREDA

    En Lleida, a diez de noviembre de dos mil catorce

    La sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituída por los señores anotados al margen, ha visto en grado de apelación, las actuaciones de Procedimiento ordinario número 574/2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Cervera, rollo de Sala número 691/2012, en virtud del recurso interpuesto contra la Sentencia de fecha 10 de abril de 2012, aclarada y complementada por auto de fecha 15 de mayo de 2012. Son apelantes, los actores Humberto y Virginia y la demandada ESTPELGEN 25 S.L. El demandado Mario, impugno la sentencia y se opuso a los recursos interpuestos por los actores y por ESTPELGEN 25 SL. Los actores se opusieron al recurso formulado por ESTPELGEN 25 y a la impugnación efectuada por el Sr. Mario . ESTPELGEN 25 SL se opuso al recurso formulado por los actores. Y la codemandada Coro, se opuso tanto a los recursos formulados por los actores, como por el formulado por ESTPELGEN 25 SL y la impugnación realizada por el Sr. Mario . Es ponente de esta sentencia la Magistrada Doña ANA CRISTINA SAINZ PEREDA.

    VISTOS,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La transcripción literal de la parte dispositiva de la Sentencia dictada en fecha 10 de abril de 2012, es la siguiente: "FALLO.

Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el procurador Sr. Damià cucurull en nombre y representación de D. Humberto y Dña. Virginia, contra D. Mario, Dña. Coro, y "ESTPELGEN 25, S.L." y en consecuencia: 1º- DECLARO que en la vivienda propiedad de los demandantes sita en la localidad de Tàrrega, en la CALLE000, núm. NUM000, parcelas NUM001, NUM002 y NUM003, existen los siguientes vicios o defectos de construcción:

- grieta en el revestimiento de mortero monocapa de la pared que separa con el vecino colindante (1ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- la tira metálica galvanizada que recorre perimetralmente la zona pavimentada del jardín de la parte posterior de la vivienda presenta problemas de desprendimiento de la película del galvanizado del metal, retención de agua en la parte superior y separación de la propia pieza y no cumple la función para la que estaba destinada (2ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- En relación a las luces encastradas en la pared lateral de acceso rodado al aparcamiento de planta sótano, la parte actora alega que la colocación de todas las unidades encastradas presenta discordancias respecto a la entrega con la pared, que destaca en separación respecto a la profundidad y perímetro, apreciándose excesivo espacio abierto entre éstas y el mortero, que incide en la entrada de polvo y suciedad, además del aspecto estético que denota (3ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- en los laterales de la rampa de acceso al garaje hay desprendimientos de mortero, se observan manchas de agua en la pared, y en el final de la parte más baja de la rampa aparece agua cuando llueve debido a que el agua filtra por la parte superior o inicio de la rampa al no haberse realizado correctamente la impermeabilización de la misma (4ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- tras inspeccionarse todos los sumideros de las terrazas, se observa que en los desagües por donde se evacua el agua se han adoptado soluciones muy dispares, que a medio plazo producirán problemas de evacuación de aguas de lluvia ya que los sumideros no dan abasto para evacuar el agua que reciben en casos extremos, y a corto plazo ello provocará humedades (5ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- grieta de separación longitudinal en la pared izquierda que delimita la rampa de acceso a garaje y la vivienda, y grietas horizontales y verticales en el mortero monocapa de dicha pared (7ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- la evacuación de humos de la estancia destinada a cocina provocará a corto plazo problemas dada la imprevisión y sinuosidad del recorrido de la tubería de evacuación (8ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 9ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- entrada de agua por la parte inferior del marco de las ventanas que dan ventilación al cuarto de calefacción y a la sala de aparcamiento, provocando afección a pintura y mortero del interior, apreciándose que se ha colocado una reja de hierro con barrotes horizontales, dejando el barrote más próximo al antepecho de la ventana tocando totalmente a la piedra, lo que provoca que sea imposible realizar el mantenimiento a nivel de pintura así como retención de polvo y agua, que acelerarán la pudrición del hierro de las rejas y, al colocar el premarco de la ventana, éste ha producido roturas en el monocapa interior de la estancia (9ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 10ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- en las ventanas de la vivienda se han colocado los marcos entregados con un sellado de silicona por la parte exterior, habiéndose puesto demasiada silicona, por lo que con el tiempo se producirá un envejecimiento prematuro que comportará más mantenimiento, apreciándose entrada de agua y humedades (10ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 11ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- incorrecta impermeabilización en la parte exterior de la vivienda, al entrar agua cuando llueve por la parte baja del marco de la puerta, en el encuentro con el zócalo, provocando humedades con desprendimiento de pintura y yeso (12ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 13ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda). - inspeccionado el recorrido de las tuberías interiores de evacuación de aguas residuales de la vivienda se observa que las tuberías se han colocado de la forma más dispar, con cola, calentando los tubos y poniéndolos a presión, ignorando las piezas especiales que hay para estos casos; las tuberías prácticamente no tienen pendiente, y ello ocasionará a medio plazo sedimento de materia en los tramos horizontales con retención de líquidos y posterior escape de aguas residuales; no se puede localizar o encontrar ninguna arqueta que indique por dónde pasa, acaba o conecta el alcantarillado en la parte exterior de la vivienda (15ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 16ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

- en planta de aparcamiento y en resto de vivienda se han dejado partes de obra sin ejecutar como son pasatubos, roturas en forjado, partes sin taponar, excesivo espacio para pasar una tubería más pequeña, etc. (16ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 17ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito

  1. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

    - El pavimento de la planta aparcamiento presenta grietas en el 50 % de la superficie, el desnivel del pavimento es muy patente en la parte bajo la puerta de RF, la parte inferior del marco de las puertas RF están empotrados al suelo habiéndose cortado con radial y se han quedado en parte vistos en el suelo, lo que provoca que el cierre estanco en caso de incendio no sea efectivo, y los pilares de la sección circular presentan desprendimientos en su parte exterior (17ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 18ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

    - Del cuarto de máquinas que se encuentra en la planta aparcamiento salen unos tubos que no llegan a la parte exterior (18ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 19ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

    - Debajo de la rampa de coches existe un espacio destinado a trastero y por las paredes y techo entra agua cuando llueve (19ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 20ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

    - No existen arquetas de registro en la recogida de aguas de la vivienda en sentido de su evacuación horizontal, desconociéndose el recorrido de la tubería hasta llegar a la conexión del alcantarillado municipal; en fechas concretas hay olores fuertes y desagradables procedentes del alcantarillado; y además la recogida de aguas de lluvia a través de un pozo precisa de una bomba para su evacuación, con el consiguiente perjuicio que puede ocasionarse si ésta no funcionase (20ª deficiencia del HECHO OCTAVO de la demanda y 21ª deficiencia del informe pericial emitido por el perito D. Alejo acompañado como documento núm. 30 de la demanda).

    1. - DECLARO que en relación a los vicios...

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