ATS, 28 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso836/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. La representación procesal de Diana presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 7ª), en el rollo de apelación nº 340/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 334/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia.

  2. Mediante diligencia de ordenación de 6 de marzo de 2014 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

  3. El procurador Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de Diana , presentó escrito ante esta Sala, con fecha 14 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Victoria Pérez-Mulet Diez-Picazo, en nombre y representación del Gaspar , presentó escrito ante esta Sala, con fecha 11 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrida y oponiéndose a la admisión de los recursos.

  4. La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 LEC , interpuestos por la representación procesal de Diana , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. No procede hacer pronunciamiento en este momento sobre las causas de inadmisión invocadas por la parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

  3. De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Diana contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 7ª), en el rollo de apelación nº 340/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 334/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia.

  2. Entregar copia de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR