ATS, 21 de Enero de 2015
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
Número de Recurso | 854/2014 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Enero de dos mil quince.
-
- La representación procesal de "Opinión de Tenerife S.L.U." presentó el día 11 de marzo de 2014 escrito de interposición de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 4 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 506/2013 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 1524/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de La Laguna.
-
- Mediante Diligencia de ordenación, se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.
-
- Con fecha 26 de marzo de 2014 se presentó escrito por el procurador D. Marcos Juan Calleja García en nombre y representación de "La Opinión de Tenerife S.L.U." personándose en calidad de parte recurrida . Con fecha 22 de abril de 2014 se presentó escrito por la procuradora Dª. Susana Clemente Mármol en nombre y representación de D. Jaime , personándose en concepto de parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.
-
- El recurso de casación interpuesto por el cauce correcto del ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC y que tiene por objeto una Sentencia dictada en un juicio en tutela del derecho al honor, cumple con los requisitos legalmente exigibles para su admisión.
-
- De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguese copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala y al Ministerio Fiscal, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.
LA SALA ACUERDA
-
) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "La opinión de Tenerife, S.L.U." contra la Sentencia dictada, con fecha 4 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife", en el rollo de apelación nº 506/2013 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 1524/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de la Laguna.
-
) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS .
De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.