ATS, 4 de Noviembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
Número de Recurso1097/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Moises presentó el día 7 de abril de 2014 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 6 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 22ª), en el rollo de apelación nº 203/2013 , dimanante de los autos de juicio verbal nº 1584/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcobendas.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 11 de abril de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 12 de abril de 2014.

  3. - La procuradora Dª. Paz Landete García, en nombre y representación de D. Moises , presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de abril de 2014, personándose en calidad de recurrente . La procuradora Dª. María Ángeles Almansa Sanz, en nombre y representación de Dª. Eugenia , presentó escrito ante esta Sala con fecha 29 de abril de 2014, personándose en calidad de partes recurrida .

  4. - Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Moises , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de D. Moises , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Moises contra la sentencia dictada, con fecha 6 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 22ª), en el rollo de apelación nº 203/2013 , dimanante de los autos de juicio verbal nº 1584/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcobendas.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

De acuerdo con lo previsto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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