ATS, 2 de Diciembre de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
Número de Recurso724/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de DON Juan Carlos presentó el día 15 de febrero de 2013 escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha 20 de diciembre de 2012 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 163/2012 , dimanante de juicio ordinario nº 1556/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 77 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 21 de marzo de 2013 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. -La procuradora doña Reyes Virginia García de Palma, en nombre y representación de la mercantil FRINVER PARTICIPACIONES, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 1 de abril de 2013 personándose en calidad de parte recurrida. La procuradora doña Mª Ángeles Almansa Sanz, en nombre y representación de DON Juan Carlos , presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de abril de 2013 personándose en calidad de parte recurrente.

  4. - Por escrito de 13 de marzo de 2013 se acreditó por la parte recurrente el abono de las tasas judiciales, y con fecha 4 de noviembre de 2014 se dictó auto por el que se acordó no plantear cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley 10/2012 de 20 de noviembre , por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses, que solicitaba la parte recurrente en su escrito de interposición de los recursos mediante otrosí.

  5. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. -Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de DON Juan Carlos , al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2, 2 º, y art 469 LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de DON Juan Carlos , contra la sentencia dictada con fecha 20 de diciembre de 2012 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 163/2012 , dimanante de juicio ordinario nº 1556/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 77 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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