SAP Segovia 121/2002, 25 de Abril de 2002

PonenteANDRES PALOMO DEL ARCO
ECLIES:APSG:2002:168
Número de Recurso78/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2002
Fecha de Resolución25 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección ª

SENTENCIA Nº 121 /2002

C I V I L

Recurso de apelación

Número 78 Año 2002

Juicio ordinario

Número 181 Año 2001

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Mº 3

En la Ciudad de Segovia, a veinticinco de abril de dos mil dos.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte., Dª Mª José Villalaín Ruiz, y Dª Beatriz Escudero Berzal, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D. Germán , mayor de edad, con domicilio en Segovia, PLAZA000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 ; contra la entidad mercantil FINANZIA BANCO DE CRÉDITO S.A., integrante del grupo bancario español Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en la persona de su legal representante, con domicilio social en C/ María de Molina, 54; contra la mercantil ASNEF-EQUIFAX, Servicios de información sobre Sovlencia y Crédito, S.L. Equifax Ibérica, S.L. con domicilio social en Madrid, en C/ Cardenal Spínola, 6; y contra la mercantil EXPIREAN-BUREAU de Crédito S.A., Fichero BADEX, con domicilio social en C/ Proción, 1 de Madrid, en la persona de su legal representante; sobre acción de responsabilidad y resarcimiento de daños y perjuicios, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Finanzia Banco de Crédito, contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido la demandada-apelante, representada por la Procuradora Sra. Escorial de Frutos y defendida por el Letrado Sr. Grijalbo de Cabo; y como apelado, el demandante, representado por la Procuradora Sra. Gil Iglesias y defendido por el Letrado Sr. Labrador de la Cruz y el resto de los demandados que no formulan oposición ni impugnación, ASNEF-EQUIFAX, que designa a efectos de notificación de sentencia a la Procuradora Sra. Bas y Martinez de Pisón y EXPIREAN-BUREAU, que designa también a efectos de notificación de sentencia al Procurador Sr. Galache Alvarez; en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia, nº 3; con fecha de doce denoviembre de dos mil uno, fue dictada sentencia, que en sus parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por la Procurador doña Sara Gil Iglesias:

  1. - Condeno a "Finanzia Banco de Crédito S.A." a abonar a don Germán una indemnización por importe de cuatrocientas mil -400.0000- pesetas. Esta cantidad determinada, a favor del acreedor, el devengo de un interés anual igual al legal del dinero incrementado en dos puntos desde esta fecha hasta total pago.

  2. - Absuelvo a las codemandadas "Asnef-Equifax, Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L. Equifax Ibérica, S.L." y a "Expirean Bureau de Crédito S.A.".

  3. - Se imponen las costas referentes a las codemandadas absueltas (nº 2) a la parte actora. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas que se refieren a la actora y a la codemandada "Finanzia Banco de Crédito S.A."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de Finanzia Banco de Crédito, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dándose traslado a las adversas, y emplazándolas para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo por la representación procesal del demandante, sin que por las otras mercantiles codemandadas se presenten escritos en sentido alguno, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, se señaló fecha para la deliberación y fallo del citado recurso; los cuales fueron celebrados; quedando las actuaciones conclusas para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la sentencia de instancia, la codemandada FINANZIA BANCO DE CRÉDITO SA, condenada en la misma a indemnizar la actor en...

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