STSJ Comunidad Valenciana 1439/1998, 23 de Noviembre de 1998
Ponente | JOSEFINA SELMA CALPE |
Número de Recurso | 2895/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1439/1998 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA N° 1439-1.998
En el recuso contencioso administrativo n° 2895/1995 interpuesto por el Procurador D. José Antonio Peiro Guinot en nombre y representación de Dª Esperanza como gerente de la ESCUELA NORUEGA DE TORREVIEJA, S.L. contra la orden de 28 de junio de 1995 de la Consellería de Educación, y Ciencia por la que se desestimaron las solicitudes de autorización de cambio de titularidad y cambio de domicilio del centro extranjero Den Norske Skolen Ved Torrevieja de Orihuela, y se revocó la autorización del mencionado centro por haber cesado las actividades docentes en sus instalaciones y alterado las condiciones esenciales que sirvieron de base para su autorización.
Habiendo sido parte en los autos la administración demandada representada por el Letrado de la Generalidad Valenciana y Ponente la Iltma. Sra. Magistrado DÑA. JOSEFINA SELMA CALPE)
Interpuesto el recurso y seguidos trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó se dictase sentencia que estimado el recurso anulase la resolución recurrida y reconociere su derecho a la indemnización de los daños y perjuicios originados.
Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia declarando la conformidad a Derecho de la resolución impugnada.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta y admitida con el resultado que consta en las actuaciones y, verificado, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, cumplido dicho trámite, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señalo la votación y fallo del recurso para el día 14 de octubre de 1998.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia dado el exceso de trabajo que pesa sobre la Sección.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la orden de 28 de junio de 1995 de la Consellería de Educación y Ciencia por la que se desestimaron las solicitudes de autorización de cambio de titularidad y cambio de domicilio del centro extranjero Den Norske Skolen Ved Torrevieja, de Ohihuela formuladas por la actora, en razón de que no se había aportado el certificado de la Embajada noruega en España exigido por el art. 14-b) del R.D. 806/1993, de 28 de mayo , sobre centros docentes extranjeros en España, donde se justificase que las instalaciones trasladadas cumplen los requisitos exigidos por la legislación noruega para la creación de centros docentes, así como que las enseñanzas impartidas tendrán validez académica oficial plena en ese país; y asimismo se revocaba la autorización del mencionado centro por haber cesado las actividades docentes en sus instalaciones y alterado las condiciones esenciales que sirvieron de base para su autorización.
Comenzando por el análisis del extremo relativo a la desestimación de las solicitudes de autorización de cambio de titularidad y cambio de domicilio, y a efectos de concretar la normativa aplicable debe considerarse en primer lugar la controvertida cuestión del momento en que dichas solicitudes fueron formuladas por la actora.
Según ella misma sostiene dichas solicitudes y la oportuna documentación fueron remitidas a los Servicios Territoriales de Educación y Ciencia de Alicante el 21 de febrero de 1993, más por el contrario dicho extremo no ha resultado suficientemente probado, pues, por una parte el Jefe Provincial de Correos y Telégrafos de Alicante en escrito de 21 de mayo de 1997 hizo constar que realizadas gestiones en la Unidad de Reparto habían informado que se había rebasado el plazo de caducidad de la documentación que se precisaba para informar acerca de la recepción del envío por el destinatario, y por otra parte el Subdirector Territorial de Educación comunicó en escrito de 16 de mayo de 1997 que no consta se haya recibido escrito alguno remitido por Den Norske Rolen Ved Torrevieja en las fechas en que indica la actora, todo lo que determina la falta de prueba del envío de la documentación relativa a la solicitud de autorización de cambio de titularidad y domicilio el día 21 de febrero de 1993, sin que resulte necesario que se interese de la...
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STS, 17 de Mayo de 2004
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