STSJ Cantabria 318/2007, 20 de Abril de 2007
Ponente | CLARA PENIN ALEGRE |
ECLI | ES:TSJCANT:2007:610 |
Número de Recurso | 287/2006 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 318/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Ilma. Sra. Presidente
Doña María Teresa Marijuán Arias
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña Clara Penín Alegre
Doña María Josefa Artaza Bilbao
En la ciudad de Santander, a veinte de abril de dos mil siete.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 287/06 interpuesto contra el Auto dictado por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 1 de Santander, de fecha 14 de junio de 2006, en el procedimiento abreviado nº 176/06, medidas cautelares 22/06, por la Delegación del Gobierno en Cantabria, representada y asistida por el Abogado del Estado, siendo parte apelada Don Jesús , representada por la Procuradora Sra. Felicidad Mier Lisaso y asistida por la Letrado Sra. Dominica Galván López.
Es Ponente la Iltma. Sra. Doña Clara Penín Alegre, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso de apelación se tuvo por interpuesto el día 21 de junio de 2006, contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander, de fecha 14 de junio de 2006 , en el procedimiento abreviado nº 176/06, medidas cautelares 22/06, que en su parte dispositiva establece: «Acordar la suspensión de la orden de salida obligatoria impuesta a Jesús en fecha 15 de febrero de 2006 por la Delegación del Gobierno en Cantabria en el Acuerdo que denegaba la autorización de residencia solicitada, requiriéndose a la Administración para que se abstenga de ejecutar decisión alguna de expulsión respecto del recurrente».
Del recurso de apelación se dio traslado a la contraparte que formuló oposición al mismo y solicitó de la Sala su desestimación.
En fecha 6 de octubre de 2006 se dictó diligencia de elevación de las actuaciones a esta Sala una vez efectuados los correspondientes emplazamientos y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 12 de abril de 2007 , en que quedó pendiente de deliberación, votación y fallo.
La presente apelación tiene por objeto el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander, de fecha 14 de junio de 2006 , en el procedimiento abreviado nº 176/06, medidas cautelares 22/06, que en su parte dispositiva establece: «Acordar la suspensión de la orden de salida obligatoria impuesta a Jesús en fecha 15 de febrero de 2006 por la Delegación del Gobierno en Cantabria en el Acuerdo que denegaba la autorización de residencia solicitada, requiriéndose a la Administración para que se abstenga de ejecutar decisión alguna de expulsión respecto del recurrente».
Medida que se impone en el contexto de un recurso interpuesto contra la denegación de la autorización de residencia por razones de arraigo al amparo del artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, su redacción dada por Ley 14/2003, de 20 de noviembre, en relación con el artículo 45.2.c) del R.D. 2393/2004, de 30 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La resolución denegatoria establece que, al no acreditar ser...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba