SAP Valencia 280/2004, 6 de Mayo de 2004

PonenteMARIANO TOMAS BENITEZ
ECLIES:APV:2004:2005
Número de Recurso11/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución280/2004
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 280/04

ILMAS. SEÑORÍAS:

PRESIDENTE: D. MARIANO TOMÁS BENÍTEZ

MAGISTRADA: Dª CARMEN FERRER TÁRREGA

MAGISTRADO: D. CARLOS TURIEL SANDÍN

En la Ciudad de Valencia, a seis de mayo de dos mil cuatro.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos. Señores del margen, ha visto en Juicio oral y público la causa instruida con el número 3/99 por el Juzgado de Instrucción número 14 de Valencia , por el delito contra la salud pública y tenencia ilícita de armas,

Contra, José , con D.N.I. Nº NUM000 , hijo de Francisco y Ana, nacido en Sedaví (Valencia), el día 18-5-60, y vecino de Sedaví (Valencia), con domicilio en C/ DIRECCION000 nº NUM001 - NUM002 , sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.

Contra, Lázaro , con D.N.I. Nº NUM003 , hijo de Daniel y Leonor, nacido en Almussafes (Valencia), el día 23-2-59 y vecino de Valencia, con domicilio en C/ DIRECCION001 nº NUM004 - NUM005 - NUM006 , con antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.

Contra, Gregorio , con D.N.I. Nº NUM007 , hijo de Demetrio y María, nacido en Teruel, el día 15-2-70, y vecino de Mislata (Valencia), con domicilio en C/ DIRECCION002 nº NUM008 - NUM009 , sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.

Contra, Gaspar , con D.N.I. Nº NUM010 , hijo de Vicente y Carmen, nacido en Burjassot (Valencia), el día 20-4-60, y vecino de Valencia, con domicilio en C/ DIRECCION003 nº NUM006 - NUM011 , sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.Contra, Benedicto , con D.N.I. Nº NUM012 , hijo de Jerónimo y Vicenta, nacido en Sueca (Valencia), el día 18-8-66, y vecino de El Perelló (Valencia), con domicilio en C/ DIRECCION004 nº NUM013 - NUM014

, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.

Han sido partes el Ministerio Fiscal, representado en el acto de juicio oral por el Ilmo. Sr. Fiscal D. Luis Sanz y los mencionados acusados representados, el 1º y 5º de ellos, por el Procurador Sr. Roldán García y dirigidos por el Letrado Sr. Sáez Abad; el 2º, representado por el Procurador Sr. Mallea Catalá y dirigido por el Letrado Sr. Rodrigo Baixauli; el 3º, representado por el Procurador Sr. Doménech Plo y dirigido por el Letrado Sr. Verdú Mariana y el 4º, representado por la Procuradora Sra. Arroyo Cabriá y dirigido por el Letrado Sr. Alonso Ramos.

Es Ponente de este rollo y resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIANO TOMÁS BENÍTEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 3-5-04 se ha celebrado ante este Tribunal juicio oral y público practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos objeto del proceso, tal y como estimó que habían quedado probados como constitutivos de un delito contra la salud pública, del art. 368 en relación con el art. 369-3 y 6 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16 del mismo texto legal , y un delito de tenencia ilícita de armas del art. 563 en relación al 564-1-1º del Código Penal , y acusando del primer delito a todos los procesados y del segundo a Lázaro , en concepto de autores, conforme al art. 28 del Código Penal , con la concurrencia de la circunstancia atenuante analógica de dilación indebida del art. 21-6 del C.P . para todos los encausados, y el tipo atenuatorio específico del art. 376 del texto punitivo vigente para Lázaro , solicitando la condena a la pena de UN AÑO y SEIS MESES de PRISIÓN, accesorias y MULTA de 1.210.950.000 pts., con tres meses de arresto sustitutorio en caso de impago, para Gregorio , Gaspar , Benedicto y Lázaro , y a la pena de DOS AÑOS y SEIS MESES de PRISIÓN, accesorias y MULTA de 1.210.950.000 pts., con 3 meses de arresto sustitutorio en caso de impago, para José , por el delito contra la salud pública, y a la pena de MULTA de 730 días, con cuota de 3 euros, a Lázaro por el delito de tenencia ilícita de armas; al pago proporcional de las costas y al comiso de todos los efectos intervenidos.

TERCERO

Las defensas de los acusados en sus conclusiones definitivas se adhirieron a las conclusiones del Ministerio Fiscal.

HECHOS PROBADOS

En fechas no concretadas de 1.998, el procesado Lázaro , mayor de edad y con antecedentes penales no computables, entró en contacto con una persona cuya identidad no ha sido determinada, conocido como "Paco el colombiano", actuando de intermediario el procesado Benedicto , mayor de edad y sin antecedentes penales, con el fin de importar un contenedor procedente de Panamá, el cual, en principio sólo contenía camisetas y pantalones y cuyo destinatario final era "Tintes Milán" -VÁZQUEZ BLANCH S.L., siendo su propietario y gerente el procesado José , mayor de edad y sin antecedentes penales, siendo una cobertura legal para lo que después se descubrió.

La empresa a la que llegaría el contenedor era Oceanic Import, propiedad del procesado Lázaro , el cual al enterarse del verdadero contenido del contenedor manifestó su intención de no continuar con la importación, recibiendo amenazas personales y familiares para que continuara por parte del procesado Benedicto .

El día 26 de noviembre de 1.998 llegó al puerto de Santurce (Bilbao) el contenedor procedente de Panamá, con identificación GSTU-2524044, remitido por la entidad Telas y Textiles Panamericanas con destinatario a Oceanic Import y con mercancía declarada de camisetas y pantalones.

El procesado Lázaro contrató verbalmente a una persona que no se encuentra a disposición del Tribunal, para los trámites de la importación, ya que los conocía por haber trabajado en Seur, conociendo verdaderamente cual era el contenido real del contenedor, encargando de realizar los trámites aduaneros necesarios al director de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STC 186/2009, 7 de Septiembre de 2009
    • España
    • 7 Septiembre 2009
    ...y asistido por el Letrado don Manuel Sáez Abab, contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia núm. 280/2004, de 6 de mayo, recaída en el rollo núm. 11-1999, dimanante del sumario núm. 3-1999 del Juzgado de Instrucción núm. 14 de Valencia en causa por delit......
  • STC 205/2009, 23 de Noviembre de 2009
    • España
    • 23 Noviembre 2009
    ...y asistido por el Letrado don Manuel Sáez Abab, contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia núm. 280/2004, de 6 de mayo, recaída en el rollo núm. 11-1999, dimanante del sumario núm. 3-1999 del Juzgado de Instrucción núm. 14 de Valencia en causa por delit......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR