SAP Valencia 93/2000, 9 de Febrero de 2000
Ponente | MARIA ANTONIA GAITON REDONDO |
ECLI | ES:APV:2000:928 |
Número de Recurso | 446/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 93/2000 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª |
SENTENCIA NUM. 93/2000
Ilustrísimos Sres.:
PRESIDENTE
D.ª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
MAGISTRADOS
D.ª MARIA ANTONIA GAITON REDONDO
D.ANTONIO PARDO LLORENS
En la ciudad de Valencia a nueve de febrero del dos mil.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA ANTONIA GAITON REDONDO, el presente rollo de apelación número 446/99, dimanante de los autos de Juicio m.c. promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valencia, bajo el número 184/95, entre partes; de una, como demandante apelante a D. Romeo , representado por el Procurador de los Tribunales Sr.CERRILLO RUESTA y de otra como demandado apelado a VALENCIANA DEL AUTOMOVIL SA, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra.RUEDA ARMENGOT, sobre impugnación tasación de costas por indebidas, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandante.
La Sentencia apelada pronunciada por el Iltmo.Sr.Magistrado de Primera Instancia número 5 de los de Valencia, en fecha ocho de marzo de mil novecientos noventa y nueve, contiene el siguiente FALLO: " Que debía estimar y estimaba el incidente de los honorarios del letrado JULIO CASILLAS FONT, y en su mérito se declara indebida la partida de ejecución de sentencia que se incluyó en la tasación de costas, sin que dicho pronunciamiento lo sea sobre la cuantía del procedimiento. Todo ello sin expresa imposición de costas".
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial en donde comparecieron las partes, se tramitó esta alzada, con celebración de vista el día 3-2-2000 a cuyo acto asistieron las representaciones y defensa de las partes, quienes solicitaron se dictara resolución conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
En autos de juicio de menor cuantía, y en incidente sobre impugnación de tasación de costas por indebidas, se dictó sentencia por la que se estimaba la impugnación formulada por las representaciones procesales de Valenciana del Automóvil SA y Volkswagen-Audi España SA.
Contra dicha resolución interpone recurso de apelación la representación procesal de D. Romeo , solicitando la nulidad de dicha resolución por entender infringidos los artículos 359 y 372.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, 238.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 24 y 120.3 de la Constitución, alegando al efecto que la sentencia impugnada no establece la razón o motivo por el que viene a estimar la impugnación de la tasación de costas por indebidas, procediendo por ello que tras la nulidad sean devueltas las actuaciones al Juzgado a fin de que se dicte resolución motivada.
La parte apelada solicitó la confirmación de la sentencia, alegando que si...
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