SAP Asturias 475/1998, 3 de Octubre de 1998
Ponente | FRANCISCO LUCES GIL |
Número de Recurso | 755/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 475/1998 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias |
SENTENCIA
En el recurso de apelación numero 0755/97 en autos de Juicio de Menor Cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 6 de Gijón, promovido por DOÑA Emilia con la representación procesal de DON IGNACIO LOPEZ GONZALEZ y bajo la dirección letrada de DON JOSE LUIS REBOLLO ALVAREZ, como demandante en primera instancia, contra AUTOMOVILES LUARCA, S.A. y BANSYR CIA. DE SEGUROS, con la representación procesal de DON FRANCISCO JAVIER GONZALEZ GONZALEZ DE MESA y bajo la dirección letrada de DON ARTURO GONZALEZ GONZALEZ DE MESA como demandadas en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. MAGISTRADO DON Francisco Luces Gil.
Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia numero seis de Gijón dictó Sentencia con fecha cuatro de Septiembre de mil novecientos noventa y siete , cuya parte dispositiva dice así: Que debo desestimar la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Gabriela Garcia Undina actuando en nombre y representación de Dª Emilia absolviendo a las demandadas de las peticiones contenidas en el suplico de la misma, con expresa imposición de costas a la parte actora.
Que contra la expresada resolución, se interpuso por la representación de la parte demandante recurso de apelación, que admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la Celebración de la vista el día veintiocho de Septiembre del corriente año, habiendo tenido lugar tal acto con la asistencia de los Letrados de las partes comparecidas.-TERCERO. Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En la demanda rectora del presente proceso, con expresa invocación de los artículos 1902 y 1903 del Código Civil , ejercita la actora Dª. Emilia una acción por culpa extracontractual, reclamando una indemnización de 14.711.836 pts por los daños y perjuicios derivados de las lesiones sufridas en el accidente litigioso, cuando descendía del autobús de la empresa demandada AUTOMOVILES LUARCA S.A. (ALSA), matricula O-6066-AW, el 18 de julio de 1.995, siniestro que imputa a la negligencia y falta de vigilancia de la empresa demandada, dada la existencia de una pieza que sobresalía de la parte delantera derecha del mencionado vehículo, en la que se enganchó provocando su caída,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba