SAP Valencia 514/2014, 16 de Julio de 2014

PonenteMARIA DEL CARMEN MELERO VILLACAÑAS-LAGRANJA
ECLIES:APV:2014:3549
Número de Recurso206/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución514/2014
Fecha de Resolución16 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

VALENCIA

ROLLO APELACIÓN JUICIO DE FALTAS NUM. 206//2014

JUICIO FALTAS NUM. 338/2013

JGDO. INSTRUCCIÓN Nº 21 de Valencia

SENTENCIA Nº 514/2014

En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de julio de dos mil catorce.

La Iltma. Sra. Doña Mª del Carmen Melero Villacañas Lagranja, Magistrada de la Audiencia Provincial de Valencia, constituida en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de juicio de faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción Núm. 21 de Valencia y registrados en el mismo con el número 338/2013, sobre lesiones por imprudencia, correspondiéndose con el rollo número 206/2014.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelantes Conrado y ALLIANZ, CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. defendidos por el Letrado D. Alejandro Candel Codoñer y en calidad de apelado Eutimio, asistido por la Letrada Rosa Fernanda Koninckx Fustes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes: "El día 13-03-13, Eutimio

, de 40 años de edad, en la fecha del accidente, se encontraba detenido con su vehículo matrícula .... GDD delante de un semáforo en la calle Pintor Sorolla de esta ciudad, siendo en esa situación golpeado levemente en la parte trasera de su vehículo por el coche que circulaba tras de él, el vehículo .... STG, conducido por Conrado y asegurado en Allianz. Como consecuencia de la colisión, Eutimio resultó lesionado precisando para su curación, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento posterior, tardando en curar de sus lesiones 60 días durante de los cuales estuvo impedido para el ejercicio de sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela agravación de artrosis cervical previa".

SEGUNDO

El fallo de la sentencia apelada dice: "Que debo condenar y condeno a Conrado como autor de una falta de lesiones por imprudencia leve a la pena de 10 días multa a razón de una cuota diaria de 6 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, pago de costas causadas y que por vía de responsabilidad civil indemnice a Eutimio en la cantidad de 5624,19 euros por las lesiones causadas, declarando la responsabilidad civil directa de la aseguradora Allianz, a quien se le impondrá el pago de los intereses del art. 20 de la LCS desde la fecha del siniestro hasta su completo pago".

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por Conrado y ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.

CUARTO

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de Instrucción dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados. Recibidos los autos, la Oficina de Servicios Comunes de esta Audiencia turnó el presente juicio a la Magistrada que ahora resuelve...

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