STSJ País Vasco 1416/2014, 8 de Julio de 2014

PonenteGARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR
ECLIES:TSJPV:2014:2535
Número de Recurso1349/2014
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1416/2014
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACION Nº : 1349/2014

N.I.G. P.V. 48.04.4-13/008378

N.I.G. CGPJ 48.020.44.4-2013/0008378

SENTENCIA Nº: 1416/2014

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a ocho de julio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, DON FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y DON JOSE LUIS ASENJO PINILLA, Magistrados, ha pronunciado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por DON Pablo, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de los de Bilbao, de fecha 13 de Marzo de 2014, dictada en proceso que versa sobre DAÑOS Y PERJUICIOS POR VULNERACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES (RPC), y entablado por el - hoy también recurrente -, DON Pablo, frente a la - Empresa - " CLARKE, MODET Y CIA., S.L.", interviniendo el MINISTERIO FISCAL, es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR

, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente :

  1. -) "El actor D. Pablo mayor de edad con DNI Nº NUM000 vino prestando servicios por cuenta y cargo de la empresa CLARKE MODET Y CIA SL con la categoría de Director de Desarrollo de Negocio y Director de la Zona Norte antigüedad del 1/2/2002, siendo su retribución de 84.468 euros anuales.

  2. -) La Compañía se dedica como actividad principal, a cubrir todo el proeceso de gestión de la Innovación, desde su registro y gestión, hasta su explotación y defensa.

    Para ello dispone de 17 oficinas en España, así como de otras Compañias en Latinoamerica ( Argentina, Brasil, chile, Colombia, Méxco, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela), configurándose como el mayor Grupo de Propiedad Industrial e Intelectual en los países de habla hispana y portuguesa.

    El equipo profesional en España está configurado por aproximadamente 160 profesionales que proporcionan asesoramiento técnico-jurídico en todas las áreas de la Propiedad Industrial e Intelectual (Marcas, Patentes, Asesoría, Inteligencia Tecnológica, Transferencia de Tecnología, Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías, Valoración de Marcas y Patentes), así como por una red comercial responsable de la atención a los clientes.

  3. -) El actor cumplió oportunamente los objetivos que se le encomendaron al contratarle.

    Así, el primer año la oficina de Bilbao incrementó su facturación un 50% y la de Vitoria un 29%.

    Se potenciaron las visitas a los clientes con un plan ad hoc, lo que llevó a que se consiguiesen nuevos y muy importantes clientes. Además, se alclanzaron acuerdos de colaboración con varias Comunidades Autónomas, Cámaras de Comercio y otros Organismos. Se empezaron a impartir conferencias, cursos, etc.

    Esto propició que fuera objeto de diversas felicitaciones por parte de la dirección General de la Compañía, y se tradujo en una mejora económica de las condiciones salariales inicialmente pactadas. De esta forma, a mediados del año 2003 se incrementó su salario en 6.000 euros brutos anuales, y se le abonaron

    12.000# en concepto de bonus. Estas felicitaciones se reprodujeron con el transcurso de los años.

  4. -) En vista de los éxitos que se cosecharon en la Zona Norte, la Dirección General decidió exportar el modelo de trabajo al resto de las oficinas de España, y en marzo del año 2004 le nombró Director Comercial es España, aunque siguió manteniendo también el puesto de Director de la Zona Norte.

    En esa época se nombró a D. Elias Director de Marketing y Desarrollo Corporativo, del que depdendían jerárquicamente varias direcciones, incluida la Comercial, y pasñio a depender de él.

    El puesto de Director Comercial era desempeñado hasta esa fecha por D. Laureano, que pasó entonces a desempeñar el puesto de Director de Control y Auditoría de Gestión Comercial, por lo que la posición jerárquica de los Sres. Pablo y Laureano en la empresa era paralela, estando ambos dependiendo de la misma persona: Elias, quien a su vez dependía del Director General Sr. Jose Miguel .

  5. -) Con fecha 28/2/2005 el actor remite una carta al que entonces era su superior D Elias haciendo una valoración del desarrollo de su actividad, mostrando diversas iniciativas sobre intervención de la Direcciòn Comercial en diversas materias ( política retributiva, incentivos participación de procesos de selección etc ..)Asimismo referia la haber recibido algunos ataques señalando haber obrado con total profesionalidad para evitar el minimo ruido eludiendo cualquier enfrentamiento. Se refería la posible creación interesada de un ambiente hostil y enrarecido al objeto de aparentar su autoría, refiriendo diversas situacònes a titulo de ejemplo, y asimismo se relataban actuaciones de su competencia que entendía había sido interferidas por Don Laureano, según contenido completo que por su extensión se da por reproducido .Como colofón, el actor solicitaba que se le proporcionaran las herramientas y la confianza para sacar el proyecto adelante tomando las medidas oportunas y que cese todo tipo de ruido interesado que pudiera ser contrario con las medidas de toda índole que sean preciso tomar para ello .

  6. -) En abril de 2005, se decide el nombramiento Don Laureano como coordinador de las oficinas nacionales, con funciones de coordinación de las oficinas comerciales tanto desde el aspecto comercial como desde cualquier otro, designándosele como único interlocutor entre las oficinas y los servicios centrales, relaciones con las Universidades, Escuelas de negocios, etc relaciones con las Instituciones. El Sr Laureano mantenía la condición de auditor y control de datos que realizaba anteriormente.

    En esa misma fecha, el actor es nombrado director de Desarrollo de Negocio, con funciones de coordinación y direcciòn de la Implantaciòn definitiva de los nuevos servicios de Valor Añadido .Manual de Propiedad Industrial e Intelectual, Manual de Signos Distintivos, Valoraciòn de intangibles y coordinación de la agenda de ventas SIPT ( en coordinación con el Departamento de Patentes Dominios, Variedades Vegetales ).Coordinaciòn de trabajo con OPTI, responsabilidad de negociación y coordinación con ALL GLOBAL NAMES coordinador del proyecto con Kroll.

  7. -) En noviembre del 2010, el actor remite una carta al Sr Jose Miguel, Director de la compañía, en la que se expone una serie de quejas en relación al Sr Laureano, al que acusa de un comportamiento de desprestigio profesional y personal, tendente a su asilamiento profesional, apartamiento de actividades, ruptura de redes de comunicación e información y desmoralización, comentando una serie de acciones directas o indirectas, que se relataban en la citada comunicación y que se dan por trasncritas. Acusaciones de difundir la idea de que el actor era una persona carísma y ociosa, que habría provocado el distanciamiento de sus compañeros de nivel directivo, instrucciones sobre imputación de gastos a las oficinas que redundaba en que los directores minimizaran sus visitas, excesivo control de gastos, etc.

  8. -) Con fecha 4/2/2011, el actor envía e-mail sobre una queja relativa al Sr Laureano .Por parte de la la Direcciòn se trata el tema con el Sr Laureano y la Directiva Responsable de RRHH acordando hacer un documento para que quedasen claro los papeles de cada uno . Asimismo, se dio instrucciones a la Directora de RRHH por parte del Director, para que se realizase una reunión para definir las funciones y el puesto asi como pare establecer las líneas de comunicación y coordinación con la Direcciòn Comercial.

  9. -) El actor siempre a pertenecido al Comité de Direcciòn, que venía realizando las reuniones en Madrid.En Abril de 2011 se le comunica al actor, asi como a otros directivos con sede provincial, que en adelante y a fin de abaratar gastos, su participación se haría por videoconferencia, lo que se verificó de esa manera en lo sucesivo, al principio, con algunos problemas técnicos, que fueron subsanados.

  10. -) Con fecha 15/11/2012, se inicia periodo de consultas para el despido colectivo de 39 contratos de trabajo. Este, finaliza con acuerdo con la representación de los trabajadores con afectación de 34 trabajadores entre los que se encontraba el actor y con las condiciones acordadas con dicha representación social que se dan por reproducidas .

  11. -) Con fecha 7/12/2012, el actor remite al Director Don Jose Miguel, carta relatando la continuidad de la situación de acoso hacia su persona relatando como circunstancias determinantes, la continuación de falta de información y la falta de remisión de correos electrónicos sobre sus clientes etc y asimismo por su inclusión en el ERE

  12. -) El contrato de trabajo del actor se extingue con fecha 17/12/2012, sin que el demandante impugnara tal decisiòn.

  13. -) El actor no ha ostentado cargo representativo de los trabajadores.

  14. -) El actor consultó en fecha 17/12/2005, a su médico de cabecera por un cuadro de ansiedad y transtorno del ánimo que achacaba a una situaciòn de acoso laboral en la empresa, que requirió tratamiento médico, por tiempo no acreditado .

  15. -) Se dan por transcritos los planes de prevención y evaluación de riesgos laborales realizados por FREMAP en fechas 24/5/2006 y 22/7/2009

  16. -) Se ha agotado la vía de conciliación previa".

SEGUNDO

La Parte Dispositiva de la Sentencia de Instancia dice :

"Desestimo la demanda interpuesta por D Pablo frente a la empresa "CLARKE MODET Y CIA., S.L." y MINISTERIO FISCAL sobre Soc Ordinario absolviendo a la empresa de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento".

TERCERO

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