SAP Sevilla 154/2014, 5 de Junio de 2014

PonenteJOSE MARIA FRAGOSO BRAVO
ECLIES:APSE:2014:2049
Número de Recurso2167/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2014
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª

or14-2167

AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA

Prado de San Sebastián, s.n.

Proc. Origen: Juicio Ordinario número 2024/11

Juzgado: de Primera Instancia número 19 de Sevilla

Rollo de Apelación:2167/14-A

SENTENCIA Nº

Ilustrísimo Señor Presidente:

D. VÍCTOR JESÚS NIETO MATAS

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO

D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ

En SEVILLA, a cinco de junio de dos mil catorce. La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 2024/11 por el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de PROMOCION INDUSTRIAL DEHESA DE SAGELA S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 3/12/13 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 3/12/13, que contiene el siguiente

FALLO

" F A L L O: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Flores Martínez, en representación acreditada de Promoción Industrial Dehesa de Sagela S.L. S.L. contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., debo absolver y absuelvo a la referida demandada de todas las pretensiones contra ella deducidas en la demanda originadora del presente procedimiento; y todo ello con expresa imposición de costas a la actora."

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se preparo e interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado "a quo", dándose traslado del mismo a la otra parte que presento escrito de oposición, ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designo ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales

CUARTO

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los de la recurrida, dándose aquí por reproducidos, y

PRIMERO

Para resolver el presente recurso debemos partir exactamente de lo solicitado en la demanda, en cuyo suplico se solicita: "..que declare la nulidad del producto financiero denominado PERMUTA FINANCIERA DE TIPO DE INTERÉS suscrito entre las partes litigantes en julio de 2006, con fecha de inicio 30/09/2006 y fecha de vencimiento 30/09/2023, con la consiguiente obligación de las partes de restituirse recíprocamente cuantas prestaciones, en cualquier concepto, hayan recibido o satisfecho en base a tal operación, más los intereses legales desde cada uno de dichos cargos/abonos realizados en la cuenta de la actora hasta su efectivo pago ."

Por consecuencia, el pronunciamiento no puede ir mas allá de lo solicitado, es decir, sólo cabe decidir en este pleito si existe la nulidad del contrato de permuta financiera celebrado entre las partes y, en caso afirmativo, condenar a las partes...

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