STSJ Navarra 540/2012, 28 de Septiembre de 2012

PonenteFRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
ECLIES:TSJNA:2012:821
Número de Recurso108/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución540/2012
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 000540/2012

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. ANTONIO RUBIO PEREZ

MAGISTRADOS,

Dª. MARIA JESUS AZCONA LABIANO

D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA

En Pamplona a Veintiocho de Septiembre de Dos Mil Doce.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contenciosoadministrativo nº 108/2011 interpuesto contra la Orden Foral 76/2010 de 1 de Diciembre del Consejero de Obras Públicas, Trasnposrtes y comunicaciones por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra las resoluciones 1043 y1044/2010 de 26 de Agosto por las que se requiere al abandono de viviendas de camineros sitas en Los Arcos, en los que han sido partes como demandante D. Hugo y D. Justiniano representados por el Procurador Sr. Araiz y defendidos por el Abogado Sr.Virgós, y como demandados la Administración de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Navarra representada y defendida por el Sr. Asesor Juridico del Gobierno de Navarra, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.

TERCERO

Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado obrante en autos.

CUARTO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó, como obra en autos, teniendo lugar el día 24-9-2012.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna la Orden Foral 76/2010 de 1 de Diciembre del Consejero de Obras Públicas, Trasnposrtes y comunicaciones por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra las resoluciones 1043 y1044/2010 de 26 de Agosto por las que se requiere al abandono de viviendas de camineros sitas en Los Arcos.

SEGUNDO

La demanda debe ser desestimada íntegramente.

  1. - Señala el demandante, en síntesis, que estamos ante bienes patrimoniales por lo que la Administración no puede ejercer la potestad de desahucio del artículo 58 de la Ley Foral 14/2007 . Subsidiariamente entiende que, de entenderse que son bienes de dominio público, y toda vez que no se le ha dado audiencia se ha vulnerado el artículo...

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