SAP Madrid 86/1999, 26 de Febrero de 1999
Ponente | JULIO MENDOZA MUÑOZ |
Número de Recurso | 660/1998 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 86/1999 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid |
SENTENCIANº 86/99
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA
ILTMOS. SRES.
MAGISTRADOS
D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
DÑA. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
D. JULIO MENDOZA MUÑOZ
En Madrid, a 26 de Febrero de 1999.
VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el tramite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Gabino contra la sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 14 de Madrid, de fecha 17 de Septiembre de 1998 en la causa citada al margen.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Iltmo. Sr. D, JULIO MENDOZA MUÑOZ , quién expresa el parecer de la Sala.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 14 de Madrid, se dictó sentencia, de fecha 17 de Septiembre de 1998 , siendo su Fallo del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Eugenio como autor responsable de un delito de lesiones concurriendo circunstancia modificativa de minoria de edad, a la pena de 4 meses de prisión que se sustituirán por 32 arrestos de fin de semana y costas del juicio por mitad e iguales partes. Deberá indemnizar a Gabino en la suma de 600.000 ptas por las lesiones y 50.000 ptas por las secuelas.
Que debo condenar y condeno a Claudio como autor responsable de una falta de malos tratos de obra, concurriendo atenuante de minoria de edad a la pena de cinco días de multa con cuota diaria de 1.000 ptas en total 5.000 ptas con
arresto sustitutorio de dos días en caso de impago y costas del juicio por mitad e iguales partes.Que debo absolver y absuelvo a los acusados como responsables civiles subsidiarios Darío Y Marisol ".
Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Procurador D. José Alberto Azpeitia Sánchez, en representación de la acusación particular en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dió traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
En fecha 29 de Diciembre de 1998, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia de fecha 15 de Enero del presente se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 25 de Febrero de 1999, sin celebración de vista.
SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes
El recurrente impugna la sentencia de instancia alegando indebida aplicación del art. 120.1 del Código Penal e infracción del art. 4.1 del mismo texto penal , solicitando se declare la responsabilidad civil subsidiaria de los padres del condenado penalmente tomando corro base para ello la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Junio de 1.997 que extiende la responsabilidad civil de padres y guardadores a los supuestos de menor edad civil de los hijos o personas tuteladas en que concurre la atenuante del n° 3 del art. 9 del CP con apoyo en los arts. 20 del CP y 1903 del Código Civil ; también argumenta y alega la línea jurisprudencias que toma como apoyo la transgresión del deber de vigilancia que refiriéndose al art. 20.1 del Código Penal del 73 respecto de la culpa o negligencia tiene un claro matiz objetivista remitiéndose al art. 1.903 del Código Civil .
En el análisis...
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