SAP Valladolid 288/2014, 15 de Septiembre de 2014

PonenteMARIA DE LOURDES DEL SOL RODRIGUEZ
ECLIES:APVA:2014:928
Número de Recurso749/2014
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución288/2014
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00288/2014

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de VALLADOLID

Domicilio: C/ ANGUSTIAS S/N

Telf: 983 413475

Fax: 983 253828

Modelo: N54550

N.I.G.: 47186 43 2 2014 0064410

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000749 /2014

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000207 /2014

RECURRENTE: Iván

Procurador/a:

Letrado/a:

RECURRIDO/A: BRICOLAJE BRICOMAN SLU, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:,

Letrado/a:,

SENTENCIA nº 288/14

En VALLADOLID a quince de Septiembre del año dos mil catorce.

La Ilma. Doña LOURDES DEL SOL RODRÍGUEZ, Magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal de Juicio de Faltas, seguido contra DON Iván, siendo partes en esta instancia, como apelante, Don Iván, y como apelados Don Segismundo, la entidad Bricomart S.L.U. y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El Juez de Instrucción Número Tres de Valladolid, con fecha 29 de Mayo de 2014, dictó sentencia en el Juicio de Faltas 207/2014 del que dimana este recurso, resolución en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

    "ÚNICO.- El día 15 de marzo de 2014, el denunciado, con ánimo de obtener un lucro ilícito, abrió y vació en los bolsillos de su cazadora tornillería variada e intentó abandonar el establecimiento comercial BRICOMART, sito en la calle Níquel, 8, de Valladolid sin abonar el importe correspondiente, momento en el que fue interceptado.

    Mientras se esperaba a la dotación policial, el denunciado se dirigió a los denunciantes diciéndoles "PORQUE LLEVAS EL UNIFORME, CUANDO SALGAIS OS VOY A MATAR, SOIS UNOS MIERDAS, HIJOS DE PUTA"

    El valor de los efectos interceptados asciende a 38,79 euros."

  2. - La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

    "DEBO CONDENAR Y CONDENO a don Iván como AUTOR de una falta de hurto en grado de tentativa tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal a la pena de treinta días de multa a razón de una cuota diaria de 5 euros (lo que hace un total de CIENTOCINCUENTA EUROS), con responsabilidad personal subsidiaria en el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, de acuerdo de lo dispuesto en el artículo 53.1 del Código Penal y al pago de las costas procesales.

    Asimismo, deberá indemnizar a la entidad BRICOMART sita en la calle Níquel, 8, de Valladolid en la cantidad de 38,79 euros.

    DEBO CONDENAR Y CONDE NO a don Iván como AUTOR de una falta de amenazas y vejaciones injustas tipificada en el artículo 620.2 del Código Penal a la pena de veinte días de multa a razón de una cuota diaria de 4 euros (lo que hace un total de OCHENTA EUROS), con responsabilidad personal subsidiaria en el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, de acuerdo de lo dispuesto en el artículo 53.1 del Código Penal y al pago de las costas procesales."

  3. - Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Don Iván del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y demás partes, presentándose escritos de impugnación por Don José Liébana González, en nombre de la entidad Bricolaje Bricoman S.L.U. y por el Ministerio Fiscal, y practicados los trámites oportunos, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.

  4. - No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia.

  5. - Como fundamentos de impugnación de la sentencia se alega error en la valoración de la prueba e infracción de precepto legal.

    HECHOS PROBADOS

    Se aceptan, en lo sustancial, los hechos declarados probados en la sentencia de...

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