SAP Barcelona 213/2014, 28 de Mayo de 2014
Ponente | JOSE MANUEL REGADERA SAENZ |
ECLI | ES:APB:2014:7241 |
Número de Recurso | 106/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 213/2014 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 106/2013- E
Juicio verbal nº 331/2011
Juzgado Primera Instancia 1 Vilanova i la Geltrú
S E N T E N C I A Nº 213/14
Ilmo. Sr.Magistrado
D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de mayo de dos mil catorce.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (reclamación posesión bienes hereditarios), seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Vilanova i la Geltrú, a instancia de Amador y Marí Juana contra Blas ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora Amador y Marí Juana
, contra la sentencia dictada en los mismos el dia 17 de octubre de 2012, por el/la Sr./a. Magisrtrado/a del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente:"Se desestima la demanda interuesta por el Procurador de los Tribunales D. Vicent Subirà Nou, en nombre y representación de Dª Marí Juana y D. Amador, contra D. Blas, y se Absuelve al demandado en todas las pretensiones de la parte actora. Todo ello sin perjuicio de la expresa imposición de las costas procesales a los demandantes.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora Amador y Marí Juana, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para resolver la presente apelación el día 22 de mayo de 2014.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo designado Magistrado Único el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ.
Por parte de la representación de Dª. Marí Juana y de D. Amador se interpone recurso de apelación contra la Sentencia dictada el día 17 de octubre de 2012 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilanova i la Geltrú en Juicio verbal 331/2011. La mencionada resolución desestimó la demanda presentada por los apelantes contra D. Blas en ejercicio de acción de tutela sumaria de la posesión, mediante la que se pretendía que se condenara a los demandadas o a restituir a los actores 1.224,55 m2 que pertenecen a su finca y que han sido ocupados por el demandado mediante el procedimiento de derribar una valla perimetral, que solicitaban devolviera a su estado original. La resolución de primera instancia considera que no existe posesión acreditada por parte de los actores y si conflicto sobre lindes al menos desde el año 2006.
La apelante considera que la resolución recurrida incurre en error en la valoración de la prueba pues a su entender han quedado acreditados todos los requisitos necesarios para el éxito de la acción ejercitada.
La apelada solicita la confirmación de la resolución recurrida.
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