STSJ Murcia 55/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:143
Número de Recurso1209/2006
Número de Resolución55/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 364/2006 del Juzgado de lo Social número dos de Murcia, de fecha veinticinco de septiembre, dictada en proceso número 348/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Yolanda frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La actora, nacida el 4/3/1956 y de profesión habitual trabajadora autónoma de carnicería/charcutería inició proceso de incapacidad temporal el 11/10/03. SEGUNDO: Tras el oportuno reconocimiento médico, se emitió el 30/11/05 informe médico de síntesis. El Equipo de Valoración de Incapacidades elevó el 1/12/05 propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, determinando que las dolencias procedían de accidente no laboral. TERCERO: Contra la resolución del INSS que así lo acordó se interpusoreclamación previa que fue desestimada. CUARTO: La actora padece las dolencias siguientes: fractura bimaleolar con subluxación de tobillo derecho en el año 1993 que precisó intervención quirúrgica, artrosis postraumática tibio-astragalina, limitación a la flexión dorsal a un 20%, dolor importante a la deambulación y a la bipedestación prolongada en el tobillo, claudicación a la marcha. QUINTO: La base reguladora mensual asciende a 645,42 euros."; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando la demandada formulada por doña Yolanda , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de una incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente no laboral, condenando al INSS y a la TGSS a estar y pasar por ello y que le abone una pensión mensual del 55% de su base reguladora, con las mejoras y las revalorizaciones oportunas, y con efectos económicos desde el 1/12/05".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada Instituto Nacional de la Seguridad Social, con impugnación de la Letrada doña Carmen Jiménez Casalduero, en representación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR