SAP Guadalajara 4/2001, 12 de Febrero de 2001

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2001:66
Número de Recurso16/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución4/2001
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA N°4

GUADALAJARA, a doce de febrero de dos mil uno

VISTO en juicio oral y público ante esta Ilma Audiencia Provincial los autos de Procedimiento

Abreviado N° 52/99, procedentes del Juzgado de Instrucción n° 3 de Guadalajara seguidos por un

delito contra la salud pública frente a Alicia ; mayor de edad, sin

antecedentes penales, representada por la Procuradora Sra. Heranz Gamo y defendida por el

Letrado Sr. Solano Ramírez, y frente a Jose Manuel , mayor de edad, sinantecedentes penales, representado por la Procuradora Sra Labarra López y defendido por el

Letrado Sr. López Escamilla, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y designada Magistrada

Ponente la Ilma Sra Dª. ISABEL SERRANO FRÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las diligencias previas origen de este procedimiento se incoaron por el Juzgado de Instrucción n° 3 de esta ciudad, en virtud de Auto de 11-12-98 practicándose las diligencias pertinentes en aras del esclarecimiento de los hechos, acordándose la intervención de diferentes líneas telefónicas y el secreto de las actuaciones prorrogada por Auto de 16-23-99 .

SEGUNDO

Por resolución de 22-10-99 del Juzgado instructor se acordó continuar la tramitación conforme a las normas previstas para el procedimiento abreviado.

TERCERO

El Ministerio Fiscal en su escrito de conclusiones provisionales calificó los hechos como constitutivos de dos delitos contra la salud pública del art. 368 del C. P. solicitando la aplicación respecto al acusado Alicia de una pena de 3 años de prisión y multa de 300.000 y en cuanto a Jose Manuel de 3 años de prisión y multa de 150.000 pts..

CUARTO

Abierto el juicio oral por resolución de 7-7-2000 se dio traslado a los acusados negando la defensa de Alicia las correlativas del M. F. Solicitando la libre absolución y la defensa de Jose Manuel negó también con carácter principal las imputaciones efectuadas si bien con carácter alternativo interesó la aplicación de las circunstancias atenuantes del art. 21.2 y 375 del C. P.

QUINTO

Mediante escrito presentado por la representación de Jose Manuel con fecha 29-11-2000 manifestó el acusado su conformidad con el escrito de conclusiones del Ministerio Fiscal.

SEXTO

Remitidas las actuaciones a este Tribunal se señaló para la celebración del juicio oral el día 7-2-2001 en que tuvo lugar con el resultado que obra en el acta.

SEPTIMO

El acusado Jose Manuel ha permanecido en situación de prisión provisional desde el 21 junio hasta el 15 octubre de 1999 y Alicia desde el 5 de mayo al 13 de octubre de 1999.

HECHOS PROBADOS

Que el día 4 de mayo de 1999 la acusada Alicia , mayor de edad, sin antecedentes penales, sobre las 11,30 horas contactó telefónicamente con Clemente , dirigiéndose al punto de encuentro éste último donde se encontraba en el vehículo Fiat cinquecento con matrícula RA-....-R la acusada introduciendo aquel la cabeza por la ventanilla derecha y tras recibir un billete de cinco mil pesetas le entregó un envoltorio siendo inmediatamente detenidos por los Agentes de la Guardia Civil que tenían organizado un servicio de vigilancia, que ocuparon a la acusada los siguientes efectos un neceser de cuadros rojos que contenía los siguientes efectos papelina n° 1 0,0607 gr., de cocaína con una riqueza del 80%, papelina n° 2 0,8931 gr., de cocaína con una riqueza del 78%. Papelina n° 3 0,7087 gr., de cocaína con una riqueza del 83%. Bolsa de polvo blanco con 20,8801 gr., de cocaína y una riqueza del 82%. Tres trozos de plástico, una cuchara, una navaja, una calculadora, unas tijeras, una mano de mortero, un bolígrafo y una balanza electrónica digital, todos ellos con restos de polvo blanco positivos a cocaína. Una billetera conteniendo 68.000 pts, un bolso conteniendo 97.000 pesetas, un billete de 5.000 pesetas, un teléfono móvil y una navaja de pequeñas dimensiones. A Clemente se le intervino un envoltorio conteniendo 0,4187 gramos de cocaína con una riqueza del 71%, que acababa de adquirir a la acusada y otro de sustancia de color marrón que en el análisis se identificó como hachís con un peso de 3,1669 gr. que procede de otro acto de adquisición anterior, así como 24.650 pesetas que se encontraban en el interior de una cartera. Por el Juzgado n° 3 de Guadalajara se ordenó la entrada y registro en el domicilio de la acusada Alicia , sito en la C/ DIRECCION000 n° NUM000 A, 3° C de Guadalajara, diligencia que fue autorizada por auto de fecha 4 de mayo de 1999 y realizada ese mismo día. En dicho registro se intervinieron los siguientes efectos: un paquete vacío de tabaco en cuyo interior había un envoltorio de papel celofán con restos vegetales que se corresponden con 1,3730 gramos de marihuana con una riqueza del 1,9%, 74.000 pesetas en efectivo, y una caja metálica con un total de 1.700.000 pesetas en efectivo. El día 18 de junio de 1999, mediante auto dictado por el Juzgado de Instrucción n° 3 de Guadalajara se autorizó la entrada y registro en el domicilio del acusado Jose Manuel , sito en la C/ DIRECCION001 n° NUM001 -A de la localidad de Marchamalo, con el objeto de intervenir sustancias estupefacientes y demás efectos o instrumentos precisos para los actos detráfico. En dicho registro se encontraron, 78 cápsulas rojas comercializadas como Legalon 150 principio activo silimarina. 26 comprimidos blancos que se comercializan como Novaldex 10 cuyo principio activo es el tamoxifeno. 366 comprimidos rosas comercializados como Winstrol cuyo principio activo es el estanozobol, es anabolizante. Balanza electrónica con restos de cocaína. Una bolsita de plástico vacía con restos de cocaína; otra bolsita de plástico, con restos de cocaína; dos pajitas de plástico y un tuvo con tapón de rosca con restos de cocaína; un envoltorio de plástico con semillas de cannabis con un peso de 1,4841 gramos. También se encontraron 495 comprimidos de lactosa, sustancia que se utiliza para "cortar" la cocaína. Tras su detención y en el cacheo que se le realizó en las dependencias de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR