SAP Málaga 52/2002, 31 de Mayo de 2002

PonenteMARIA DE LA SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ
ECLIES:APMA:2002:2305
Número de Recurso634/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución52/2002
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 52 DE 2.002

Ilmos.Sres.

Presidente D.ANTONIO ALCALA NAVARRO

Magistrados Dª. SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ

D. JOSE CALVO GONZÁLEZ

En la ciudad de Málaga a treinta y uno de Mayo de dos mil dos.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de Menor Cuantía nº 97/00 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Estepona sobre declaración de propiedad, seguidos a instancia de Doña Amelia , representada en el recurso por la Procuradora Doña Mª Teresa Bautista Roldán y defendida por el Letrado D. Francisco J. Torres Pérez, contra La Caixa S.A. representada en el recurso por el procurador Don Jose Antonio Alejos-Pita García contra D. Daniel , pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por La Caixa S.A. contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Estepona dictó sentencia de fecha 29 de Marzo de 2001 en el juicio de Menor Cuantía nº 97/00 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Que debo ESTIMAR y estimo la demanda formulada a instancia de Dª. Amelia representada por la Procuradora Sra. Bautista Roldán y asistido del Letrado D. Joaquín Bautista Roldán contra la entidad LA CAIXA S.A., representada por el Procurador Sr. Alejos-Pita García y contra D. Daniel representado por el Procurador Sr. Fernández Martínez, DECLARANDO que la Sra. Amelia es propietaria de la finca registral NUM000 , inscrita al Tomo NUM001 , Libro NUM002 , Folio NUM003 , del Registro de la Propiedad de Estepona, con carácter previo al embargo trabado sobre dicha propiedad a instancia de la entidad demandada, ordenando que quede sin efecto el embargo trabado sobre tal finca por la codemandada La Caixa contra el Sr. Daniel , librando, una vez firme la sentencia, los mandamientos, oportunos al Registro de la Propiedad número 1 de Estepona, ordenando asimismo que se cancele el embargo trabado y que aparece anotado con letra A sobre dicha finca, todo ello con condena en costas a la codemandada "La Caixa S.A.".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se tuvo por preparada la apelación en virtud de escrito presentado por el Procurador D. Jose Antonio Alejos-Pita García en nombre y representación de Caja deAhorros y Pensiones de Barcelona -La Caixa-, que interpuso el recurso en plazo y forma, del que se dio traslado a la otra parte, presentado escrito de oposición al recurso, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni considerarse necesaria la celebración de la vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día veinticuatro de Enero de 2.002, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituyen los antecedentes de la cuestión sometida a esta Sala los siguientes: A) El 6 de Marzo de 2.000, Dª Amelia interpone demanda frente a La Caixa y D. Daniel interesando que se declare el derecho de propiedad sobre la finca registral nº NUM000 y que se levante el embargo sobre la misma que mantiene La Caixa en base a los siguientes hechos: a) el 4 de Febrero de 1987, la demandante adquiere por compra a D. Luis Antonio la mencionada finca, b) el 30 de Diciembre de 1991, la demandante vende dicho inmueble al codemandado D. Daniel , lo que fue inscrito, incluida la condición resolutoria para el caso de impago de las cantidades aplazadas del precio, c) en 1992, Dª Amelia inicia Juicio Declarativo frente a D. Daniel en ejercicio de la condición resolutoria, tramitándose Juicio de Menor Cuantía nº 52/92 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Estepona y Rollo de Apelación nº 540/94 de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial, recayendo en ambas instancias sentencia resolviendo el contrato de compraventa, siendo la de la Audiencia Provincial de fecha 26 de Enero de 1995, d) el 20 de Mayo de 1996, La Caixa inicia Juicio Ejecutivo -tramitado bajo el número 194/96 del Juzgado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Málaga 124/2016, 22 de Febrero de 2016
    • España
    • 22 Febrero 2016
    ...devengo municipal no es la fecha de la escritura pública sino la del contrato privado al que dio validez la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 31 de mayo de 2002, ignorando la sentencia apelada lo afirmado por la STS de 16 de Julio de 1993 en relación a la validez de los docu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR