ATS, 9 de Septiembre de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:6743A
Número de Recurso2723/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la entidad mercantil "Gymicon, S.A.", con fecha 4 de noviembre de 2013 se ha interpuesto recurso de Casación y Extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 835/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 141/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Collado Villalba.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 2 de diciembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Emilio Martínez Benítez en nombre y representación de la entidad mercantil "Gymicon, S.A." presentó escrito en fecha 10 de diciembre de 2013 personándose ante esta Sala en concepto de parte recurrente. El procurador D. Guillermo García San Miguel Hoover, en representación de "Banco Europeo de Finanzas, S.A." presentó escrito con fecha 3 de diciembre de personándose ante esta Sala en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Ignacio Sancho Gargallo , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de Casación y Extraordinario por Infracción Procesal interpuesto por la representación procesal de "Gymicom, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de "Gymicom, S.A." contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 835/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 141/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Collado Villalba.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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