ATS, 9 de Septiembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:6732A
Número de Recurso2693/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "PARQUE TEMÁTICO DE MADRID, S.A.", con fecha 28 de octubre de 2013, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª), en el rollo de apelación nº 239/2012 dimanante del juicio ordinario nº 153/2006 del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 20 de noviembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a los mismos con fecha 28 de noviembre de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, en nombre y representación de "PARQUE TEMÁTICO DE MADRID, S.A." presentó escrito ante esta Sala con fecha 5 de diciembre de 2013 personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Silvia Urdiales González, en nombre y representación de "ASOCIACIÓN DE GESTIÓN DE DERECHOS INTELECTUALES (AGEDI) y ASOCIACIÓN DE ARTISTAS E INTÉRPRETES O EJECUTANTES, SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ESPAÑA (AIE) presentó escrito ante esta Sala con fecha 29 de noviembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Sebastian Sastre Papiol, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "PARQUE TEMÁTICO DE MADRID, S.A." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "PARQUE TEMÁTICO DE MADRID, S.A." contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª), en el rollo de apelación nº 239/2012 dimanante del juicio ordinario nº 153/2006 del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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