SAP Lugo 293/2014, 22 de Julio de 2014
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Lugo, seccion 1 (civil) |
Fecha | 22 Julio 2014 |
Número de resolución | 293/2014 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00293/2014
ILMOS. SRES.:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D.ª MARÍA ZULEMA GENTO CASTRO
D. XULIO XOSÉ FERREIRO BAAMONDE
Lugo, veintidós de julio de dos mil catorce.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de INCIDENTE CONCURSAL COMUN 0000775/2011, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 de LUGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000335/2014, en los que aparece como parte apelante, TGSS, representado por la letrada de la Administración de la Seguridad Social,
D.ª MARÍA JOSÉ CASTRO REBOLO y como parte apelada Jacobo, como ADMISTRADOR CONCURSAL de EXCAVACIONES R.LAGO S.L., asistido por el Letrado D. JESUS ANTONIO AMARELO FERNANDEZ, sobre oposición a la solicitud de conclusión de concurso. Siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ.
Por el XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 de LUGO, se dictó sentencia con fecha veintinueve de abril de dos mil catorce, en el procedimiento del que dimana este recurso.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: DESESTIMAR la demanda presentada por la representación de la Tesorería General de la Seguridad Social contra la Administración Concursal.== Sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas.", que ha sido recurrido por la parte TGSS, habiéndose alegado por la contraria oposición al recurso.
Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día veintidós de julio de dos mil catorce a las diez treinta horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada, y
La Tesorería General de la Seguridad Social formula recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil en fecha 29 de Abril de 2.014 que desestimó su demanda que se oponía a la solicitud de conclusión del concurso e impugnaba la rendición cuentas por entender que no se ajustaban a Derecho algunos pagos realizados por la Administración Concursal en la fase de liquidación y que los créditos contra la masa reconocidos a la Tesorería en sentencia de fecha 19 de Septiembre de 2.013 eran preferentes a los créditos que se han abonado en fase de liquidación por deudas vencidas con posterioridad a las mensualidades reclamadas. En el recurso de apelación la Tesorería sigue manteniendo su pretensión de preferencia en relación a los pagos realizados por honorarios de la Administración concursal en la fase de liquidación y el pago realizado a la Agencia Tributaria por importe de 1.303,99 euros correspondiente a retenciones a cuenta realizadas en los pagos...
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