STSJ Galicia 2709/2014, 20 de Mayo de 2014

PonenteRICARDO PEDRO RON LATAS
ECLIES:TSJGAL:2014:2654
Número de Recurso3701/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2709/2014
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 32054 44 4 2012 0000734 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003701 /2012-MFV

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 181/2012 JDO.SOCIAL OURENSE-1

Recurrente/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Abogado/a: LTDO.SPEE

Recurrido/s: Roberto

Abogado/a: MARTA GALVEZ MARQUINA

Procurador/a: CARLOS AURELIO GONZALEZ GUERRA

ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS/AS D/Dª

BEATRIZ RAMA INSUA

RAQUEL VICENTE ANDRÉS

RICARDO P. RON LATAS

En A CORUÑA, a veinte de Mayo de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 3701/2012, formalizado por LA LETRADA DEL SPEE, en nombre y representación de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, contra la sentencia número 264/2012 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento DEMANDA 181/2012, seguidos a instancia de Roberto frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo Sr D RICARDO P. RON LATAS. De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D Roberto presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 264/2012, de fecha veinte de Abril de dos mil doce

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

" 1 .- El actor O. Roberto viene prestando servicios para la Conselleria de Traballo desde el 5 de agosto de 1984, mediante una relación laboral indefinida-discontinua, reconocida por sentencia del Juzgado de lo Social 00 Dos de esta ciudad de fecha 11 de julio de 2011 confirmada por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 4 de noviembre de 2011 que desestimó la petición de despido, pero que afirmó el carácter de tal relación que alcanzó firmeza el 29 de noviembre de 2011, siendo la fecha de la última suspensión de la relación laboral la del 28 de diciembre de 2010. 2 .- En fecha 10 de noviembre de 2011 el actor denunció ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la falta de cotización de la Seguridad Social por parte de la Conselleria de Traballo. Realizadas las actuaciones inspectoras correspondientes, por resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de diciembre de 2011, se acordó: "Formalizar de oficio el alta y baja no comunicadas por el sujeto responsable, tipo de contrato "300", grupo de cotización "05", por los periodos 01/04/07 al 31/05/07, 11/06/07 a 10/12/07, 10/03/08 a 10/10/08, 05/03/09 a 06/10/09, 23/11/09 a 30/12/09, 10/03/10 y 19/10/10 a 28/12/10, con los efectos reglamentarios. 3 .- El actor solicitó prestaciones de desempleo en fecha 27 de diciembre de 2011, que le fueron denegadas por resolución de 13 de enero de 2012, por no estar incluido en ninguno de los supuestos en los que el Régimen General de la Seguridad Social o un régimen Especial de desempleo, prestación por la contingencia de desempleo. 4 .- Formulada reclamación previa en fecha 27 de enero de 2012, fue desestimada por resolución de 6 de febrero de 2012, presentando demanda el actor ante el Decanato el 5 de marzo de 2012"

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por D. Roberto contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir prestaciones de desempleo en cuantía y efectos reglamentarios, con efectos económicos del 29 de diciembre de 2011, entendiéndose producido el hecho causante el 29 de noviembre de 2011, condenando al Servicio Público de Empleo Estatal a que le abonen la misma".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 02/07/2012.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 20/05/2014 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Frente a la sentencia de instancia que estimó la demanda interpuesta por el actor, interpone recurso la representación...

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