STSJ Galicia 1126/2005, 7 de Diciembre de 2005
Ponente | JULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:3569 |
Número de Recurso | 4510/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1126/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 1126/2.005
Ilmos. Sres.
DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA. - PTE.
DON JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ
En la ciudad de A Coruña, a siete de diciembre de dos mil cinco.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004510 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Dña. Paula , representado por D. JACOBO TOVAR ESPADA PÉREZ y dirigido por Dña. LUCILA VÁZQUEZ GULIAS VÁZQUEZ, contra Acto administrativo del Ayuntamiento de Ourense de 16 -1 -2001 sobre declaración de caducidad de la concesión de la sepultura N° 35 del Cementerio de San Francisco de Ourense. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE OURENSE representada por D. JAVIER BEJERANO FERNANDEZ y dirigida por Dña. GEMMA TAMARGO SUAREZ. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 1 de diciembre de 2005.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL.
La recurrente impugna el acto administrativo del Ayuntamiento de Orense, de fecha 16 de enero de 2001, mediante el que se puso en su conocimiento que la concesión de la sepultura n° 35, del cementerio de San Francisco, - de la que se le reconocía la cualidad de heredera según la documentación que obraba en las oficinas municipales-, había caducado por haber transcurrido 99 años desde su otorgamiento el 27 -3 -1890, plazo máximo de vigencia que establecía el art. 79 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales para las concesiones, con pérdida automática, por tal motivo, de su eficacia y de los derechos inherentes a la misma, alegando, primero, la nulidad de pleno derecho de lo así acordado por motivos de forma, al haberse prescindido absolutamente de las normas procedimentales para haber adoptado tal decisión, para lo que ni siquiera se había iniciado el correspondiente expediente de comprobación, con audiencia de la interesada para la posible defensa de sus derechos, y, en segundo término, en cuanto al fondo del...
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