SAP A Coruña 109/2002, 20 de Marzo de 2002
Ponente | JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG |
ECLI | ES:APC:2002:730 |
Número de Recurso | 1809/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 109/2002 |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 109
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS FERNÁNDEZ
En A CORUÑA, a veinte de Marzo de dos mil dos.
Que con fecha 3 de noviembre de 2001 fue presentado ante este Tribunal Recurso de Anulación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rodríguez Centeno, en nombre y representación de ALVELA CARPINTEROS, S.L., contra el Laudo Arbitral de fecha 3 de septiembre de 2001, dictado por el Colegio Arbitral del Servicio Provincial de A Coruña del Instituto Galego de Consumo, en el expediente administrativo 34010144 año 2001 instado por DON Domingo , que denunciaba que las puertas que le vendió para su vivienda aquélla entidad eran defectuosas, por lo que se sometieron al arbitraje de equidad del citado Instituto; tramitándose este expediente; y alegando la representación procesal del recurrente, entre otras cosas, que las partes no tuvieron ninguna intervención en la prueba pericial practicada a instancia del Colegio Arbitral, ni tuvieron oportunidad de recusar y solicitar aclaraciones al perito, causando indefensión a su representada; y terminó suplicando tener por formulado recurso de ANULACIÓN contra el referido Laudo, y se dicte sentencia estimando el mismo, con imposición de costas a quién se opusiere.
Recibido del Servicio Provincial de A Coruña del Instituto Galego de ConsumoConsellería de Industria e Comercio testimonio del expediente, se admitió a trámite el recurso, y se emplazó al demandado DON Domingo , que no se personó; por lo que se dio por precluido el trámite, trayéndose los autos a la vista con citación de las partes para dictar sentencia, y no habiéndose solicitado la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones en poder del Magistrado-Juez Ponente para dictar la correspondiente resolución.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG.
El objeto del presente procedimiento sometido a consideración judicial de este Tribunal radica en la impugnación del laudo arbitral de equidad, dictado con fecha 3 de septiembre de 2001 por la Xunta Arbitral de Consumo de Galicia, alegándose como motivo de tal pretensión lo normado en el art. 45.2 de la...
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