SAP Alicante 48/2001, 7 de Febrero de 2001

PonenteJULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS
ECLIES:APA:2001:549
Número de Recurso72/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución48/2001
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

SENTENCIA N° 48/2001

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ MIRA CONESA

D. FAUSTINO DE URQUÍA Y GÓMEZ

D. JULIO JOSÉ UBEDA DE LOS COBOS

En Alicante a siete de febrero de dos mil uno.

VISTA en juicio oral y público por la Audiencia Provincial, Sección Segunda, de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Villajoyosa 2 seguida de oficio por delito de CONTRA LA SALUD PUBLICA contra el acusado Luis Angel , con D.N.I. n° NUM000 , de 31 años de edad, hijo de Isidro y de María Angeles , natural de El Campello (Alicante) y vecino de la misma localidad en la calle DIRECCION000 n° NUM001 , NUM002 , con antecedentes penales no computables. Privado de libertad por esta causa desde el 22/06/2000 al 5/10/2000. Solvencia no consta, representado por el Procurador D. FERNANDO FERNÁNDEZ ARROYO y defendido por el Letrado D. ALEJANDRO GARCÍA ALTED, actuando como acusación particular el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA representado por la Procuradora Dª Mª. PAZ DE MIGUEL FERNÁNDEZ y defendido por el Letrado D. SEBASTIÁN ANTÓN COLL, en cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por el Fiscal Ilmo. Sr.

D. JOSÉ LLOR BLEDA, actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JULIO JOSÉ UBEDA DE LOS COBOS.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas n° 1646/2000 el Juzgado de Villajoyosa 2 instruyó el Procedimiento Abreviado N° 91/2000 en el que fue acusado Luis Angel antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de la Sala n° 72 de esta Sección Segunda.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 (grave daño a la salud) del Código Penal, de cuyo delito consideró autor al acusado sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, por lo que solicitó se impusiera al mismo la pena de tres años y un día de prisión,inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, y multa de 350.000 ptas., con arresto subsidiario de 35 días en caso de impago. Pago de las costas, abono de la prisión provisional y comiso de la droga intervenida.

TERCERO

La acusación popular elevó la multa a 390.000 ptas., con 39 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

CUARTO

La defensa en igual trámite solicitó la libre absolución.

QUINTO

Como HECHOS PROBADOS en la presente causa se declaran los siguientes: Sobre las 22 horas del día 22 de junio de 2000, fue sorprendido el acusado, Luis Angel , mayor de edad y con antecedentes penales no computables, en la calle Calvario de Villajoyosa, portando 75 papelinas de heroína, con un peso de 12,960 gramos, y 4 de cocaína con un peso de 115 miligramos, sustancias que tenía destinadas para el tráfico, y que alcanzarían en el mercado ilícito un valor de 150.032 ptas. que había sacado de debajo de unas piedras donde las ocultaba.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal (sustancia que causa grave daño a la salud).

En primer lugar, entendemos acreditado que la droga intervenida pertenecía al acusado. A dicha conclusión conducen las declaraciones de los Policías Locales que intervinieron en su detención, pudiendo destacar: 1) El agente NUM003 afirma que sobre las 14 horas del día 22 de junio de 2000 observó como el acusado, al que conoce, se encontraba agachado en un descampado. Al tener sospechas de que pudiera realizar alguna actividad ilícita, una vez aquél se aleja, se aproxima a la posición en que se encontraba descubriendo, debajo de unas piedras, dos carteras con numerosas papelinas envueltas en papel verde, con aspecto de contener sustancias estupefacientes. Deja las carteras en su sitio y avisa a su superior que decide montar un dispositivo; 2) Cerca de las 22 horas del mismo día, y hallándose de vigilancia varios agentes, el acusado vuelve al...

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