SAP Badajoz 150/2004, 30 de Junio de 2004

JurisdicciónEspaña
Número de resolución150/2004
Fecha30 Junio 2004

SENTENCIA

En la Ciudad de Mérida a treinta de Junio de dos mil cuatro.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida en el caso por el Magistrado infrascrito, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia del Juzgado de Instrucción Nº Uno de Villanueva de la Serena en el Juicio de Faltas nº 14/04.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La resolución combatida, datada a 26-IV-04, establece como probados los siguientes hechos: "El día 26 de junio de 2003, el vehículo turismo marca Renault R-5, matrícula N-....-NJ , conducido por Don Ildefonso y asegurado en la compañía La Estrella, circulaba por la carretera BA-V-5461, partido judicial de Villanueva de la Serena, sentido Villanueva de la Serena. A la misma hora y por la misma vía y sentido circulaba la bicicleta marca BH conducida por Don Germán , el cual al llegar a la parcela de su propiedad se bajó de su bicicleta, pasando a la situación de peatón; al llegar a su altura el conductor anteriormente reseñado no se percató de la presencia del peatón y su bicicleta, motivado por una distracción en la conducción, atropellando al peatón con la parte anterior derecha del turismo por él conducido.== Como consecuencia del accidente, el Sr. Germán sufrió una serie de lesiones que precisaron una primera asistencia consistente en diagnóstico y valoración de las lesiones y, posteriormente, tratamiento médico y ortopédico, tardando en curar 107 días, de los cuales 70 fueron impeditivos, estando ingresado en centro hospitalario durante 7 días, quedándole secuelas consistentes en cicatriz en la pierna derecha."

Segundo

El fallo del Juzgado dice: "Que debo condenar y condeno a Don Ildefonso , como autor criminalmente responsable de una falta tipificada en el artículo 621.3 del Código Penal , a la pena de 15 días-multa, a razón de 3 euros/día, con un total de 45 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal , y a que abone, y con él de modo conjunto y solidario, la entidad aseguradora La Estrella, a Don Germán , en concepto de indemnización de daños y perjuicios, la cantidad de 5.991,16 euros, cantidad que con cargo exclusivo a la entidad aseguradora citada devengará el interés legal del dinero incrementado un 50 %, así como al pago de las costas judiciales que la tramitación de este juicio hubiere causado."

Tercero

Apela de la sentencia dicha el denunciante, quien solicita su revocación y que, en lugar delo dispuesto en ella, se condene al denunciado a las penas e indemnizaciones que se consigan en la súplica del escrito de recurso. La parte denunciada se opone al recurso. También el Ministerio Fiscal interesa la confirmación de lo resuelto en la instancia.

Cuarto

Formado el oportuno rollo, se continuó por sus trámites...

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