SAP Zaragoza 201/2008, 10 de Abril de 2008
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2008:908 |
Número de Recurso | 113/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 201/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA núm. 201/2008
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a diez de Abril de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 106/2007, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 113/2008, en los que aparece como parte apelante SOCIEDAD ARAGONESA DE ESPECIALIDADES QUIMICAS, S.A. (S.A.E.Q.,S.A.) representado por el procurador D. PILAR CABEZA IRIGOREN y asistido por el Letrado D. IGNACIO GALLEGO VAZQUEZ; y como parte apelada/dda D.Gabino representado por el procurador D. CARLOS ADAN SORIA y asistido por el Letrado D. FRANCISCO SALAS GIL; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.
D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 18 de julio de 2007 , cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que desestimando la demanda interpuesta por Sociedad Aragonesa de Especialidades Químicas S.A. contra Gabino, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la parte actora.
Todo ello con expresa imposición de costas a la demandante.
. SEGUNDO.- Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de lademandante se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7 de abril de 2008.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
No se aceptan los de la resolución recurrida en tanto se oponen a los de la presente resolución y;
SOCIEDAD ARAGONESA DE ESPECIALIZADADES QUÍMINAS SA ejercita la acción social de responsabilidad contra el miembro de su consejo de administración, D. Gabino, según autorización de la junta general de fecha 28 de junio de 2005, para reclamarle la parte proporcional que le corresponde por el perjuicio sufrido por ella a consecuencia de las sanciones que le impuso la Agencia Tributaria por no haber declarado operaciones comerciales ni en el impuesto de sociedades ni en las declaraciones de IVA durante los ejercicios 1998-2001, cuyo importe alcanza un total de 13.878'54 €, de los que se halla pendiente de reconocimiento por la Agencia de una reducción del 25% pactada en las actas de conformidad.
El demandado, cuya denuncia dio inicio a la actuación de la administración tributaria, alega no haber tenido conocimiento de las operaciones ocultas realizadas por la actora, la cual era tan sólo gestionada por su consejero delegado, el Sr. Ramón, de tal forma que los demás consejeros, el propio demandado y el Sr. Silvio, eran tan sólo administradores aparentes sin que el consejo de administración realizara actividad alguna.
El juzgador de primer grado acoge tal motivo de oposición. Entiende que de las pruebas practicadas se desprende que el órgano de administración no era operativo, así como que el demandado no intervenía en la elaboración de las declaraciones tributarias, ni las suscribía, sino que eran formuladas tal sólo por el consejero delegado, quien ostentaba la totalidad de las facultades...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba