SAP Asturias 14/2008, 9 de Abril de 2008
Ponente | ANA MARIA PILAR ALVAREZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APO:2008:259 |
Número de Recurso | 202/2007 |
Número de Resolución | 14/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª |
SENTENCIA 14/08
En OVIEDO a nueve de Abril de dos mil ocho.
Vistos por mi, Dª. ANA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, Magistrado de la Sección 003 de la Audiencia Provincial de Oviedo, actuando como órgano unipersonal y en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 1339/06, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo y que dieron lugar al Rollo de Apelación nº 202/07, entre partes, como apelante Luis Alberto, y como apelado, Carmen, y de acuerdo con los siguientes.
Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo se dictó Sentencia en los referidos autos, de fecha 23 de octubre de 2007 , cuya parte dispositiva dice:
FALLO
"Que debo condenar y condeno a Luis Alberto como autor responsable de una falta de coacciones a la pena de multa de 20 días con cuota de 6 euros día, total 120 euros, con arresto sustitutorio de 1 día por cada dos cuotas impagadas; a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a Carmen con la cantidad de 100 euros, que devengarán interés legal incrementado en 2 puntos; prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la misma y su domicilio y lugar de trabajo y prohibición de comunicar con la misma durante 6 meses, y al pago de las costas".
Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por el expresado recurrente con base en los motivos que se expresan en el escrito presentado y elevadas las actuaciones a esta Sala, después de cumplidos los preceptivos trámites, pasaron al Magistrado designado para resolver.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y entre ellos, la declaración de hechos probados, que se da aquí por reproducida.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.
La impugnación de la sentencia recaída en autos de juicio de faltas nº 1339/06, seguidos ante el Juzgado de instrucción nº 2 de Oviedo , formulada por Luis Alberto en su condición de condenado por una falta de COACCIONES ha de ser desestimada. En primer término y respecto a la prescripción invocada como uno de los fundamentos de la pretendida revocación, procede señalar que su planteamiento integra una " cuestión nueva" respecto de la cual se detecta que no fueron planteados en el juicio oral ante el juez de instancia, ni con anterioridad durante la extensa instrucción practicada, respecto de la que no se constata la pretendida paralización del procedimiento, ni en definitiva tampoco se propuso por el recurrente prueba alguna sobre dichas circunstancias, de tal manera que ni se dio opción a la otra parte de contradecir lo que...
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