SAP Alicante 202/2008, 21 de Mayo de 2008

PonenteLUIS ANTONIO SOLER PASCUAL
ECLIES:APA:2008:2098
Número de Recurso124/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución202/2008
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

SENTENCIA Nº 202/08

Ilmos.

Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán

En la ciudad de Alicante, a veintiuno de mayo del año dos mil ocho

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguido en instancia ante el Juzgado de Primera Instancia número tres de Alicante con el número 106/05, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora, Dª. Carina, representada por el Procurador

D. Fernando Fernández Arroyo y dirigida por el Letrado Dª. María del Pilar Beneyto Ripoll; y como parte apelada la parte demandada, la entidad Administrador de Infraestructuras Ferroviarias -Renfe-, representada por el Procurador Dª: Nieves Herrero Alarcón y dirigida por el Letrado D. José Pascual Fernández Gimeno; la aseguradora MAPFRE Seguros Generales S.A., representada por el Procurador D. Enrique de la Cruz Lledó y dirigida por el Letrado D. José Bernal Ruiz; y el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y dirigido por el Letrado del Estado, habiendo presentado todos los apelados escrito de oposición al del apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número tres de Alicante, en los referidos autos tramitados con el núm. 106/05 , se dictó sentencia con fecha 21 de septiembre de 2007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Desestimando íntegramente la demanda presentada por Dª. Carina contra Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (RENFE), MAPFRE Seguros Generales y contra el Consorcio de Compensación de Seguros, debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones de la demanda con condena en costas procesales a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte arriba referenciada;y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado, presentándose los correspondientes escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 22 de abril de 2008 donde fue formado el Rollo número 199/125/08, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 21 de mayo de 2008, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Desestima la Sentencia la reclamación indemnizatoria que formula la actora con el argumento de que la prueba resulta demostrativa de que la caída en la escalera mecánica se produce por causas totalmente ajenas a la intervención de RENFE o a una actuación negligente de dicha entidad, siendo el motivo de la caída, una pérdida de equilibrio casual de la lesionada -art 1105 CC -, faltando en suma, el elemento subjetivo de la acción de responsabilidad aquiliana en que...

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