ATS, 8 de Julio de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:6129A
Número de Recurso2598/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DON Severiano presentó con fecha de 25 de octubre de 2013 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 10 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 689/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 1349/2009 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Reus.

  2. - Por Diligencia de Ordenación se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a los litigantes.

  3. - Por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de DON Severiano , presentó escrito con fecha de 20 de noviembre de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora Doña Consuelo Rodríguez Chacón, en nombre y representación de la entidad mercantil PIENSOS PROCASA, S.A., presentó escrito con fecha de 11 de diciembre de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de DON Severiano al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de DON Severiano contra la sentencia dictada con fecha de 10 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 689/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 1349/2009 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Reus.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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