SAP Cádiz, 17 de Diciembre de 1998

PonenteCONRADO GALLARDO ROCH
Número de Recurso147/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

SENTENCIA N°

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Tercera

ILMOS SRES.

MAGISTRADO:

D. CONRADO GALLARDO ROCH

J. 1ª Instancia e Instrucción N° 4 Algeciras

APELACIÓN ROLLO NÚM. 147/1998

J. FALTAS N° 26/1997

En la ciudad de Cádiz a diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Vista por el Magistrado indicado al margen, constituido como Tribunal unipersoNal, el recurso de apelación promovido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción referenciado, en el juicio de faltas seguido por lesiones en tráfico.

Es parte apelante Luis María .

Y parte recurrida Marisol y ALLIANZ RAS, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción, dictó sentencia el día 31-07-98 en el juicio de faltas antes dicho, cuya parte dispositiva como sigue: " 1º. Condeno a Luis María como autor de una falta del artículo 631 del Código Penal , ya definida, a la pena de 10.000 pesetas de multa (20 días a razón de 500 pesetas día). 2. ° Una ves firme esa sentencia, el condenado abonará la multa impuesta en el término de una audiencia Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de 1 día de privación de libertad en la cárcel por cada dos cuotas diarias no satisfechas. 3.° En concepto de responsabilidades civiles, condeno a Luis María a que indemnice: A) A Marisol : a) 3.344.712 pesetas por los días de impedimento b) 27.835.275 pesetas por las secuelas y perjuicio estético c) 2.783.522 pesetas como factor de correción. B) A Marco Antonio : a) 15.480 pesetas por sus lesiones. C) A Jose Augusto : a) En la cantidad que, en ejecución de sentencia, se determine por sus lesiones. D) A ALLIANZ RAS: a) 1.200.000 pesetas por pago del vehículo siniestrado b)

1.053.533 pesetaS por pago de gastos médicos- sanatoriales de la Sra. Marisol . 4. ° La entidad WINTERTHUR responderá directa y solidariamente de las anteriores indemnizaciones hasta la suma máxima de 10.000.000 de pesetas, más el interés legal incrementado en un 50%, sobre la anterior suma, desde la fecha del accidente (5/01/97) hasta la fecha en que consignó ante el Juzgado (14/07/98). 5º. Absuelvo a Jose Augusto de responsabilidad criminal por los hechos enjuiciados. Así por.... ".SEGUNDO.- Interpuso recurso de apelación la parte antes citada. Admitido a trámite, el Juzgado confirió traslado a las demás partes para impugnación o adhesión al mismo, y una vez transcurrido el plazo, elevó los autos a esta Sección de la Audiencia donde se formó el rollo y se ha turnado de ponencia, quedando pendiente para decisión del recurso.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los hechos probados de la Sentencia recurrida y como tales se declaran:

PRIMERO

Sobre las 23'30 horas del día 5 de Enero de 1997 circulaba Jose Augusto por la carretera N-340 (Cádiz-Barcelona), sentido Cádiz, al volante del automóvil Ford Escort Y-....-YW , asegurado en entidad Allianz-Ras y propiedad de la empresa Gibraltaus S. L. de la que él es administrador único y su esposa Marisol representante y al llegar al Km. 76,600, tramo recto, observó que repentinamente, entre su automóvil y el que circulaba delante de él a unos 20 o 30 mts, irrumpió en la calzada, cruzándola de izquierda a derecha, una vaca de raza común que se había escapado de la finca donde quedaba habitualmente por las noches por estar la alambrada rota sin que en ella existiese guardián o pastor, ni establos y propiedad de Luis María , finca sita en las proximidades de la carretera referida, de un tenso tráfico. El conductor no pudo realizar maniobra de evasión alguna dada la escasa distancia, que le separaba del animal y colisionó contra el- que murió- cuando este se hallaba en el carril derecho de circulación, según la trayectoria del Ford Escort.

SEGUNDO

A consecuencia del accidente resultaron daños materiales en el automóvil...

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