SAP Pontevedra 155/2005, 28 de Marzo de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:2005:1744
Número de Recurso55/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución155/2005
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 155/2005

En PONTEVEDRA ,a veintiocho de marzo de dos mil cinco

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de nulidad matrimonial nº 0123/04, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pontevedra (Rollo de Sala número 55/05) en el que son partes como apelante D.- Rogelio , que se personó en esta instancia representado por la Procuradora Dña.- Alejandra Freire Riande; y como apelada DÑA.- Montserrat , que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- María del Amor Angulo Gascón, siendo parte en los autos el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 24 de septiembre de 2004, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:"Que debo desestimar y desestimo la demanda de nulidad matrimonial interpuesta por la Procuradora Sra. Freire Riande en nombre y representación de DON Rogelio contra DOÑA Montserrat , con expresa imposición de costas a DON Rogelio ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por D.-Rogelio , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por DÑA.- Montserrat , siendo parte en los autos el MINISTERIO FISCAL.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 31 de enero de 2005, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto se atemperen a los que se exponen a continuación.

PRIMERO

Recurre el actor en apelación la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda en que solicita la declaración de nulidad del matrimonio celebrado con la demandada, con base en la falta de consentimiento matrimonial de esta última al momento de contraer nupcias, por incurrir en reserva mental, al no ser su voluntad la de celebrar matrimonio y actuar movida única y exclusivamente por el propósito de regularizar de tal forma su permanencia en el territorio patrio (supuesto previsto en el número 1 del artículo 73 del Código Civil ) así como en la concurrencia de error en las cualidades personales de la contrayente demandada determinante de la prestación del consentimiento por su parte, al haberle aquella ocultado que tenía un hijo fruto de una anterior relación en su país de origen -Colombia- (supuesto previsto en el número 4 del artículo 73 del Código Civil). Frente a ello la demanda niega que no tuviese intención de contraer un verdadero matrimonio con el actor así como alega ser incierto hubiese ocultado al mismo la existencia del hijo.

SEGUNDO

A tenor de lo preceptuado en el apartado 2 del artículo 217 de la LEC , en cuanto viene atribuir al actor la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según...

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