SAP Melilla 1/2007, 8 de Enero de 2007

PonenteJUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES
ECLIES:APML:2007:53
Número de Recurso34/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1/2007
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Melilla

SENTENCIA Nº 1

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. José Luís Martín Tapia

MAGISTRADOS:

D. Mariano Santos Peñalver

D. Juan Rafael Benítez Yébenes

En la Ciudad de Melilla a ocho de enero de dos mil siete.-Vista en Juicio Oral y público ante la Sección Séptima de esta Audiencia, la causa al margen reseñada, seguida por un presunto delito de Receptación de capitales procedentes de actividades de narcotráfico, contra el acusado Jose Manuel , nacido en Melilla el 15/07/1961, hijo de Mohamedi y de Tahasant, titular del D.N.I. nº NUM000 , con domicilio en C/ DIRECCION000 nº NUM001 , de Melilla, cuya solvencia y demás circunstancias personales se ignoran, en libertad provisional por esta causa, y con antecedentes penales no computables, representado por la Procuradora Dª Cristina Cobreros Rico, y defendido por el Letrado D. Abdelkader Mimon Mohatar; en la que es parte acusadora el Ministerio Fiscal; siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Rafael Benítez Yébenes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa tiene su origen en las Diligencias Previas nº 1101/2005 del Juzgado de Instrucción Nº Uno de esta Ciudad, acomodadas por dicho Juzgado de Instrucción al trámite de Procedimiento Abreviado nº 41/2006 mediante Auto de fecha 17/05/2006 , y tras la práctica de las oportunas diligencias se acordó la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Málaga.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se incoó la presente causa con el número de rollo ya circunstanciado, se admitieron las pruebas propuestas por las partes y se señaló para la celebracióndel correspondiente juicio oral que tuvo lugar el día veinte del mes pasado, en forma oral y pública, con asistencia del representante del Ministerio Fiscal, del acusado y de su Letrado Defensor, y ello con el resultado que está en la correspondiente acta de Juicio.

TERCERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito de receptación de capitales procedentes de actividades de narcotráfico, previsto y penado en el artículo 301.1 párrafos primero y segundo del Código Penal , estimando como responsable del mismo, en concepto de autor, al acusado Jose Manuel , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; y pidió que se le impusiera la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa 610.000 euros con responsabilidad personal subsidiaria de tres meses en caso de impago y costas; y que así mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 301.1 párrafo segundo in fine y 374 del Código Penal , se acuerde el comiso de las embarcaciones adquiridas por el acusado y sus correspondientes motores.

La defensa del acusado, en igual trámite, negó los hechos imputados a su defendido, y solicitó su libre absolución.

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que el acusado Jose Manuel , mayor de edad y vecino de Melilla, sin antecedentes penales computables, cuya profesión o actividad laboral declarada es la chatarrero alternándola con la de camarero en una cafetería, y que carece de la titulación necesaria para pilotar cualquier embarcación, adquirió en diferentes empresas náuticas las siguientes embarcaciones:

En el año 1991, la denominada "Kamal", con matrícula .... WVJ-....-....-.... , de 6´86 metros de eslora y 2´54 de manga, equipándola con dos motores fueraborda marca Yamaha, con números de serie NUM004 y NUM005 , de 300 CV de potencia cada uno, con una valoración total de 29.810´20 euros.

En el año 2000, la embarcación semirígida marca Narwhal modelo HD 900 con número de serie NUM002 y dos motores fueraborda marca Yamaha modelo 200FETOX, con números de serie NUM006 y NUM007 , por un precio total de 42.852´16 euros, según factura nº 20000040, de fecha 2-10-2000, expedida por la entidad mercantil vendedora Export Náutica Rusadir S.L.

En el año 2001, la embarcación semirígida marca Valiant, modelo DR 850 con número de serie NUM003 provista de dos motores fueraborda marca Yamaha modelo NETOS, con números de serie NUM008 y NUM009 , por la que abonó la cantidad de 72.677´92 euros, según factura nº 2, de fecha 16-2-2001, expedida por la entidad mercantil vendedora PESCATUN 98 S.L.

También en el año 2001, la embarcación semirígida marca Valiant, modelo DR 750 con número de serie NUM010 provista de dos motores fueraborda marca Yamaha modelo L200-200, con números de serie NUM011 y NUM012 , por un precio total de 43.977 euros, según factura nº 33, de fecha 21-4-2001, expedida por la entidad mercantil vendedora GUADALNAUTIC S.L.

Igualmente en el año 2001, la embarcación semirígida marca Valiant, modelo DR 850 con número de serie NUM013 provista de dos motores fueraborda marca Yamaha modelo 250-L250, con números de serie NUM014 y NUM015 , por la que pagó un precio total de 63.782´25 euros, según factura nº 39, de fecha 25-5-2001, expedida por la entidad mercantil vendedora GUADALNAUTIC S.L.

El acusado es también propietario de los siguientes vehículos:

Turismo marca Mercedes, modelo 250 D, matrícula .... VWX , adquirido el 9-8-02 por un importe declarado de 2.500 euros.

Motocicleta marca Yamaha, modelo XT 600E, matrícula .... JWG , adquirida el 26-10-2001, con un valor aproximado de 4.800 euros.

Turismo marca Mercedes, modelo 190 D, matrícula UC-....-UC , adquirido el 23-3-1999, ignorándose el precio pagado y valor del mismo.

También fue titular, durante el periodo comprendido entre los años 2000 a 2002, de un vehículo Peugeot 405 matrícula .... FZX , y de otro marca BMW, modelo 318i, matrícula PY-....-W , valorados en

6.130´32 euros.En el periodo comprendido entre los años 2000 a 2004, los únicos ingresos que fiscalmente constan como percibidos por el acusado se reducen a la cantidad de 14.374´79 euros. Al acusado tampoco le constan otras titularidades a su favor en los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España.

La embarcación, anteriormente mencionada, denominada "Kamal" fue intervenida el día 20-3-1991 por el Servicio de Vigilancia Aduanera en Cala Negra (Almería) con 700 kilos de hachis al día siguiente de serle concedida autorización, por la Capitanía de Marina de Melilla, para salir a la mar.

El acusado...

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