SAP Valladolid 223/2000, 15 de Mayo de 2000

PonenteMARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
ECLIES:APVA:2000:781
Número de Recurso35/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución223/2000
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 223

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL VALLADOLID

- Sección PrimeraIlmos. Srs. Magistrados:

D. Francisco Javier Cambón García

D. Jose Ramon Alonso Mañero Pardal

D_. Maria Teresa Gonzalez Cuartero

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En Valladolid, a quince de mayo de dos mil.

La Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio de menor cuantía nº 382/98 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Nueve de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelado D. Jose Pablo , mayor de edad, divorciado y vecino de Valladolid, representado por el Procurador Sr. Gallego Brizuela y asistido por el Letrado D. Carlos Castro Bobillo; y de otra, como demandada- apelante D_ Gema , mayor de edad, divorciada y vecina de Valladolid, representada por el Procurador Sr. Velasco Nieto y asistido del Letrado D. Luciano Martín Martín; y como demandado-apelado el MINISTERIO FISCAL; sobre impugnación de paternidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia núm. Nueve de Valladolid, por el mismo se dictó sentencia con fecha 30 de noviembre de 1999 , cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gallego Brizuela, en nombre y representación de Jose Pablo , contra Gema , representada por el Procurador Sr. Velasco Nieto y contra Leonardo , con intervención del Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro que la filiación biológica y matrimonial del menor D. Leonardo no se corresponde con la persona del actor, debiendo rectificarse dicha filiación ante el Registro Civil correspondiente, y todo ello con imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de la demandada, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, solicitándose por la representación de la demandada en recibimiento del juicio a prueba, con el resultado que obra en autos, y celebrándose la correspondiente vista el pasado día 9 de mayo de 2000, con asistencia de los Procuradores y Letrados mentados así como el Ministerio Fiscal, que informaron a la Sala, solicitando se dictara sentencia deconformidad con sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Magistrada D_ Maria Teresa Gonzalez Cuartero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 30.11.99, por el Juzgado de 1_ Instancia núm. 9 de Valladolid, se dictó sentencia, en autos de juicio de menor cuantía 382/98, sentencia plenamente estimatoria de la demanda, que ha sido recurrida por la parte demandada, la representación y defensa de Gema , recurso que ha de ser desestimado.

SEGUNDO

Se declara en la sentencia impugnada que la filiación biológica y matrimonial del menor Leonardo , no se corresponde con la persona del actor, D. Jose Pablo , ordenando, en consecuencia, que se rectifique dicha filiación ante el Registro Civil correspondiente. Y lo que aparece plenamente acreditado en estos autos, a través de las diversas pruebas practicadas, especialmente la pericial médica del Dr. Rosendo , y la del Instituto Nacional de Toxicología, es que el menor Leonardo no es hijo biológico del actor, incuestionablemente. El primer informe médico descarta que la azoospermia del actor sea algo sobrevenido con posterioridad a engendrar a Leonardo , atribuyendo la misma a las "paperas" que padeció el actor en su infancia. Y la segunda prueba, cuyo valor ha sido reconocido jurispruedencialmente en numerosas sentencias de nuestro alto Tribunal, descarta, asimismo, que la paternidad biológica del menor Leonardo sea atribuible al actor, con lo que, en cuanto al fondo, se aceptan en su integridad los fundamentos jurídicos de la sentencia de instancia, teniendo...

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