SAP Tarragona 456/2008, 10 de Noviembre de 2008

PonenteMARIA DE LOS ANGELES BARCENILLA VISUS
ECLIES:APT:2008:1476
Número de Recurso838/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución456/2008
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 4ª

SENTENCIA NÚM. 456/08

Tribunal.

Magistrados,

Javier Hernández García (Presidente)

José Manuel Sánchez Siscart

Mª Ángeles Barcenilla Visús

En Tarragona, a diez de noviembre de dos mil ocho.

Visto ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Marí Juana , representado por el Procurador Sr. José Maria Solé Tomás y defendido por la Letrada Sra. Araceli González Galindo, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. Uno de Tarragona con fecha 30 de mayo de 2008, en el Procedimiento Abreviado núm. 95/08 seguido por delito de maltrato en el ámbito familiar, delito de amenazas continuado y delito de coacciones, en el que figura como acusado Daniel y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente lal Magistrada Mª Ángeles Barcenilla Visús.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"Se declara probado, que con fecha de 4 de febrero de 2004, se presenta querella por el procurador Sr. Sole Tomas en nombre y representación de Marí Juana , en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Exclusivo de Tarragona, contra Daniel , acusandole de un delito de malos tratos en el ambito familiar, un delito de coacciones continuadas en el ambito familiar y delito continuado de amenazas en el ambito familiar, celebrandose la comparecencia de Juicio rapido con fecha 26 de febrero de 2008, pidiendo la acusación la continuación del procedimiento y la apertura de juicio oral, y señalandose a Juicio.La acusación particular, presenta escrito de conclusiones provisionales el día 27 de febrero de 2008, y con fecha 29 de febrero de 2008, presenta escrito en el cual retira la acusación, y en el c ual se ratifica en el acto del juicio".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo absolver y absuelvo libremente a Daniel com autor de un delito de malos tratos en el ambito familiar del artículo 153 del CP , como autor de un delito continuado de amenazas del artículo 171.4 del CP y como autor de un delito continuado de coacciones del artículo 72.2 del CP .

Se impone el pago de las costas a la querellante".

Tercero

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Marí Juana , fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

Cuarto

Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, la representación procesal de Daniel y el Ministerio Fiscal solicitaron la confirmación de la resolución recurrida.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.-Se aceptan los que así se declaran en la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que condena a la querellante al pago de las costas procesales causadas por apreciar temeridad y mala fe en el ejercicio y mantenimiento por su parte de la acusación ,se interpone por su representación procesal recurso de apelación aduciendo que su actuación ha estado avalada por el Juzgado instructor, que en fecha 20 de febrero admite a tramite la querella por la misma formulada, acordando la apertura del juicio oral sin que por parte de la...

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