SAP Asturias 154/2000, 27 de Marzo de 2000

PonenteRAMON AVELLO ZAPATERO
ECLIES:APO:2000:1218
Número de Recurso36/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2000
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 36/99 en autos de Menor Cuantía 130/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número diez de Oviedo , promovido por DOÑA Frida , representada por el Procurador Sr. Secades Cortina y bajo la dirección letrada del Sr Diz García contra Evaristo , representado por la Procuradora Sra. Sánchez Menéndez y dirigido por el Sr. Ruiz Vázquez, en el que parte el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente Don Ramón Avello Zapatero.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que la Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número diez de Oviedo, dictó Sentencia de fecha veinticuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña María Dolores Sánchez Menéndez, en nombre y representación de D. Evaristo frente a Doña Frida , debo declarar y declaro la nulidad del matrimonio celebrado entre las partes en fecha de 20 de Diciembre de

1.996, con los efectos legales inherentes a esta declaración. Una vez firme las presente resolución líbrese testimonio de la misma y remítase el exhorto al Encargado del Registro Civil de Oviedo a fin de que proceda a practicar la inscripción correspondiente, todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte apelante recurso de apelación, que admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la celebración de la vista el día veintisiete de marzo de dos mil.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ejercitada por el demandante Don Evaristo una acción declarativa de la nulidad del matrimonio civil contraído con la demandada Doña Frida ante el Sr. Juez Encargado del Registro Civil de Oviedo el día 20 de Diciembre de 1.996, al amparo de lo dispuesto en el artículo 73 número 1º del Código Civil, en relación con el artículo 45 del mismo texto legal , por falta absoluta de consentimiento, ya que la finalidad perseguida por ambos contrayentes habia sido la de facilitar a la demandada su residencia en España, la sentencia de instancia, tras el examen y valoración de las pruebas practicadas, llegó a la convicción de que el matrimonio había sido simulado y en consecuencia estimó la demanda formulada; siendo dicha resolución recurrida por la demandada, cuyo Letrado impugnó en el acto de la vista la indicada...

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