SAP Madrid 462/2008, 26 de Septiembre de 2008

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Septiembre 2008
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 6 (penal)
Número de resolución462/2008

SENTENCIA Nº 462/2.008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA. ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRÍGUEZ GONZÁLEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZÁLEZ

D. FRANCISCO CUCALA CAMPILLO

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En Madrid, a 26 de septiembre de 2008.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 31/2008, por el delito de pornografía infantil, procedente del Juzgado de Instrucción nº 39 de Madrid, seguida por el trámite de procedimiento abreviado, contra: Romeo nacido el 23 de febrero de 1975, hijo de José y de Casilda, natural de Madrid, vecino de Madrid, con DNI nº NUM000 , de solvencia no determinada, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por la Procurador Dª. María Dolores de Haro Martínez y defendido por el Letrado D. Julio Pérez Rojas. En el que ha sido parte el Ministerio Fiscal. Teniendo lugar el juicio el día 25 de septiembre de 2008, siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZÁLEZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, elevando a definitivas sus conclusiones provisionales, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito de pornografía infantil previsto y penado en el artículo 189 nº3 en relación con el nº1 b) del Código Penal del Código Penal. Estimando como criminalmente responsable en concepto de autor al acusado Romeo , sin la concurrencia de circunstancias modificativa de la responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera la pena de ocho años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas

SEGUNDO

Por su parte la defensa del acusado, elevando a definitivas sus conclusionesprovisionales, solicitó la libre absolución de sus patrocinado.

II. HECHOS PROBADOS

El acusado Romeo , mayor de edad y sin antecedentes penales computables a efecto de reincidencia, en su domicilio sito en el piso NUM001 de la calle DIRECCION000 , de Madrid, accedió a la red Internet contratando una línea ADSL a través del teléfono NUM002 y con correo electrónico DIRECCION001 y siendo la contraseña de la cuenta: " DIRECCION002 "

Por auto de fecha 22 de noviembre de 2004 del juzgado de instrucción nº39 de Madrid se autorizó la entrada y registro en el domicilio del acusado, que se realizo por agentes de la policía nacional, con asistencia de la Secretario del Juzgado Instructor y en presencia del acusado, interviniéndose en el interior de la vivienda 50CD#S y 14 DV#S, todos ellos grabables, no encontrándose en el interior de la vivienda el ordenador del acusado que había sido entregado por éste para su reparación a la empresa Microinformática Vega. El mismo día del registro domiciliario, en los locales de la empresa de informática el acusado entregó a los agentes de Policía los dos discos duros del ordenador de su propiedad: marca Barracuda 7200, modelo ST3120022A y con número de serie 5JT15T8M, que se encontraba formateado; y marca Seagate, modelo ST340810A y con número de serie S/N 5FB1YFT0.

Analizado el material intervenido apareció:

En el Disco duro con número de serie 5FB1YFT0 se localizan en el archivo denominado C\Documentos and Settings \PC1 \Escritorio\ Romeo \transversales\18.JPG, multitud de imágenes y videos pornográficos, apareciendo dos fotografías de una niña menor de edad que se encuentra desnuda mostrando sus órganos sexuales. Y en el directorio D\MP3\Kazza ruben\TF114.JPG, junto a canciones en formato mp3, las fotografías de diversas mujeres desnudas, y entre ellas 3 fotografías pertenecientes al distribuidor "Ls-models" de dos menores de edad que se encuentran desnudas apareciendo al pie de las fotos la leyenda "Preteen pics free archive"; otra cuarta fotografía de otra menor desnuda de la pagina Web www.preteendigest.org; así como otras cuatro fotografías de dos menores desnudas.

En el disco duro con número de serie 5JT15T8M, que se encontraba formateado, se localizan: en la carpeta L. O.L.I.XXX1, 57 series almacenadas en las que aparecen diferentes menores de ambos sexos en un total de 2.514 fotografías y 27 videos en las que entre otras acciones libidinosas, aparecen unos niños de unos 10 años de edad realizando felaciones, tocamientos de los órganos genitales, y en una de ellas el pene de un varón adulto colocado junto a la vagina de una niña de no más de seis años de edad ; así como 200 fotos de adolescentes muchas de ellas menores de edad desnudas, en alguna de ellas besándose en la boca, y en otras tocándose los órganos genitales. En los archivos del programa eMule\temp, se encuentran las siguientes carpetas: Eur-rec donde existen 12 series de fotografías de diferentes niñas de corta edad desnudas, en un total de 1.948 imágenes; Beaut-rec donde existen 88 fotografías de una niña de unos 12 años de edad desnuda; C:\ My Shared Fólder donde se encuentra un video de unos 32 segundos de duración denominado "sex.mpg" en el que aparece una niña de menos de 10 años de edad mostrando sus genitales y abriéndose explícitamente la vulva con las manos; y en C:\unzipped\(((Lolitaguy))). Charming angels. Home lolita existen 105 carpetas conteniendo 4.851 imágenes de niñas desnudas o sometidas a abuso.

Entre los CD#S intervenidos se encuentra el precintado con el nº8, con identificación 180/07/03, que está dividido en tres carpetas, de las que la nominada Lo-rec, que en una subcarpeta con el nombre "Charming Angels (HL)" aparecen otras 69 carpetas con un total de 2.341 fotografías de niñas menores de edad que posan desnudas.

Entre los DVD#S intervenidos se encuentran dos DVD#S precintados con el nº2, y con identificación 180/07/02 y 180/07/03. El primero de ellos conteniendo 22 videos y el segundo conteniendo 50 videos en los que aparecen niños y niñas de muy corta edad realizando felaciones, tocamientos, e incluso aparecen penetraciones realizadas por un pene adulto a una niña de unos cinco años de edad.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de pornografía infantil previsto y penado en el nº 2 del artículo 189 del Código Penal , posesión para el propio uso personal de material pornográfico en cuya elaboración se han utilizado a menores de edad.

Elementos objetivos del tipo que quedan plenamente probado...

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