SAN, 27 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2007:5126
Número de Recurso127/2001

SENTENCIA

Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil siete.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso contencioso-administrativo número 127/2001,al que se han acumulado los recursos

395/2001 y 436/2001, interpuestos por el AYUNTAMIENTO DE ARTIEDA DE ARAGÓN

(ZARAGOZA) y la ASOCIACIÓN LEGAL CONTRA EL RECRECIMIENTO DEL EMBALSE DE YESA

"RÍO ARAGÓN" representados por el Procurador D. Isacio Calleja García contra las resoluciones

del Ministerio de Medio Ambiente de fechas 12 y 20 de diciembre de 2000, habiendo sido partes en

autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado y como

codemandadas, la Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas representada por el

Procurador Sr. Deleito García; la Comunidad General de Riegos del Alto Aragón representada por el

Procurador Sr. García San Miguel Orueta; y Ferrovial Agromán S.A., ACS Proyectos, Obras y

Construcciones S.A. y FCC Construcción S.A., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 en

anagrama "Yesa UTE" representada por el Procurador Sr. Vázquez Guillén.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del Ayuntamiento de Artieda de Aragón (Zaragoza) se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, contra la resolución del Secretario de Estado de Aguas y Costas de 12 de diciembre de 2000 y turnado a esta Sección fue admitido a trámite con el número 127/01.

Posteriormente, por la representación procesal del citado Ayuntamiento se interpuso recurso contencioso-administrativo también ante esta Sala, contra la resolución del Secretario de Estado de Aguas y Costas de 20 de diciembre de 2000 , dando lugar al recurso 395/01.

Por la representación procesal de la Asociación Legal contra el Recrecimiento del Embalse de Yesa "Río Aragón" se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional contra las resoluciones del Secretario de Estado de Aguas y Costas de 12 y 20 de diciembre de 2000 dando lugar al recurso 436/2001.

Los recursos 395/2001 y 436/2001 se acumularon al 127/01por auto de fecha 22 de mayo de 2001 .

SEGUNDO

Una vez recibido el expediente administrativo se emplazó a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de pleno derecho o la anulabilidad de las resoluciones impugnadas, así como de la Declaración de Impacto Ambiental y del propio Proyecto de recrecimiento de la presa de Yesa, con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración, entre ellas la declaración de nulidad así como la ineficacia de todos los actos dictados por la Administración en desarrollo y ejecución de las citadas resoluciones.

TERCERO

El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables, postuló que se dictase una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto con imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Por la representación procesal de la codemandada Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas, en su escrito de contestación a la demanda, se solicitó la desestimación de la demanda con imposición de costas a la parte actora.

QUINTO

La representación procesal de la codemandada Comunidad General de Riegos del Alto Aragón, en igual trámite, presentó escrito solicitando la desestimación de los recursos contenciosoadministrativos acumulados en el presente proceso, con condena en costas a las entidades recurrentes.

SEXTO

La representación procesal de la codemandada Yesa UTE, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó que se desestimen los pedimentos realizados de adverso, con expresa condena en costas a la parte actora.

SÉPTIMO

El procedimiento se recibió a prueba por auto de fecha 14 de junio 2004 y practicada la admitida, se evacuó el trámite de conclusiones. Con posterioridad a dicho trámite se recibió documentación en su día solicitada al Ministerio de Medio Ambiente, dándose traslado de la misma a las partes para alegaciones por providencia de fecha 8 de septiembre de 2006, señalándose para votación y fallo el día 10 de enero de 2007; señalamiento que se dejó sin efecto por auto de la misma fecha, que acordó suspender la tramitación del procedimiento por prejudicialidad penal hasta tanto recayera sentencia firme en la causa penal seguida ante la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid.

OCTAVO

Por providencia de fecha 7 de mayo de 2007 se alzó la suspensión del procedimiento, dándose traslado a las partes de la documentación aportada por la actora, dictándose resolución de 28 de junio 2007 acordando la admisión de parte de dicha documentación, resolución que fue recurrida en súplica por la actora dictándose auto de fecha 10 de septiembre de 2007 estimando parcialmente el recurso interpuesto.

NOVENO

Se señaló para votación y fallo el día 18 de septiembre de 2007, prolongándose las deliberaciones a los días 25 de septiembre y 2 de octubre. Por providencia de fecha 17 de octubre de 2007 se prolongó el plazo para dictar sentencia dada la complejidad de las cuestiones suscitadas.

La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña María Lourdes Sanz Calvo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo impugna las resoluciones del Secretario de Estado de Aguas y Costas del Ministerio de Medio Ambiente, de fechas 12 y 20 de diciembre de 2000.

La resolución de 12 de diciembre de 2000, acuerda entre otros extremos: 1º aprobar el expediente de Información Pública practicado con el "Proyecto de Recrecimiento de la Presa de Yesa sobre el río Aragón", base del Concurso de "Proyecto y Construcción del Recrecimiento del Embalse de Yesa sobre el río Aragón, Addenda con medidas correctoras del Impacto Ambiental y Plan de Restitución Territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza)" y 2º aprobar el "Proyecto de Construcción del Recrecimiento del Embalse de Yesa sobre el río Aragón, Addenda con medidas correctoras del Impacto Ambiental y Plan de Restitución Territorial de su entorno" (Solución variante), suscrito en enero de 2000 por los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Don Jesús , Don Cesar y Don Juan Carlos , presentado por la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por las empresas ACS Proyectos, Obras y Construcciones, S.A./FCC Construcción, S.A./Ferrovial Agromán, S.A. por un presupuesto de Ejecución por Contrata de

23.482.563.673 Ptas. (141.133.050,09 €) y un Presupuesto Líquido de Ejecución de 18.889.900.000 Ptas.(113.530.585,50 €), incluyendo el Preceptivo Estudio de Seguridad y Salud.

La resolución de 20 de diciembre de 2000 dispone aprobar el gasto previsto por importe de

18.889.900.000 Ptas. (113.530.585,50 €) y adjudicar el "Concurso de Proyecto y Construcción del Recrecimiento del Embalse de Yesa sobre el río Aragón, Addenda con medidas correctoras del Impacto ambiental y Plan de Restitución Territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza)" a la oferta presentada por las empresas ACS Proyectos, Obras y Construcciones S.A., Ferrovial Agroman S.A. y FCC Construcción S.A. en UTE, en la cantidad de 18.889.900.000 Ptas. (113.530.585,50 €).

Al constituir las citadas resoluciones los actos últimos del procedimiento de contratación por concurso, se aducen también en la demanda una serie de causas de nulidad de pleno derecho o anulabilidad de determinados actos preparatorios del concurso y del contrato adjudicado que, se alega, vician el mismo y especialmente los actos de adjudicación y aprobación definitiva. También se impugna la Declaración de Impacto Ambiental, como acto de trámite no susceptible de recurso independiente.

Hay que tener en cuenta que a instancia del Ayuntamiento de Artieda se tramitan en la actualidad otros recursos contenciosos-administrativos, sobre los que no consta, en el momento presente, que haya recaído sentencia, que son los siguientes:

En primer lugar, en la Sección 4ª, de la Sala 3ª, del Tribunal Supremo, se sigue el recurso contencioso-administrativo 321/1999 , al que se acumuló el 65/2001 (tramitado inicialmente por la Sección 7ª). El primero se interpuso contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de junio de 1999 por el que se autorizó la celebración mediante la modalidad del concurso de obra con proyecto, del contrato de las obras correspondientes al concurso de "Obras con proyecto de Recrecimiento del Embalse de Yesa sobre el río Aragón. Addenda con medidas correctoras del Impacto Ambiental y Plan de Restitución Territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza)" y el 65/2001 contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2000 por el que se autorizó al Ministerio de Medio Ambiente para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para la adjudicación de la obra de recrecimiento del embalse de Yesa sobre el río Aragón, incluidas las medidas correctoras de impacto ambiental y el plan de restitución territorial de su entorno.

En segundo lugar, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 3ª, recurso contencioso-administrativo 1375/1999, pende la resolución del recurso interpuesto contra la resolución de la Dirección...

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