STSJ Comunidad Valenciana 2296/2007, 19 de Junio de 2007

PonenteGUILLERMO EMILIO RODRIGUEZ PASTOR
ECLIES:TSJCV:2007:3141
Número de Recurso3677/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2296/2007
Fecha de Resolución19 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2296/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 3677/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valencia, en los autos núm. 437/05, seguidos sobre cantidad, a instancia de María Dolores , Bárbara , Esperanza Y Maite , asistidas por el letrado Ricardo Ysern Lagarda, contra GENERALIDAD VALENCIANA , y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Guillermo E. Rodríguez Pastor.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 29 de marzo de 2006 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimo las demandas interpuestas pro Dª María Dolores , Bárbara , Esperanza , Y Maite , y absuelvo a la CONSELERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE, GENERALIDAD VALENCIANA, de los pedimentos deducidos en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Las demandantes, han trabajado desde el 1 de junio de 2004 hasta el 31 de diciembre 2004, fecha del cese por fin de contrato para la Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalidad Valenciana, siendo el centro de trabajo el Museo de Bellas Artes de Valencia, como licenciadas en Historia del Arte, excepto Maite que o fue como licenciada en Bellas Artes, con categoría de técnico, y habiendo percibido un salario de 799´8 € mensuales con prorrata de pagas extras, que es el que figura en la cláusula cuarta del contrato. SEGUNDO.- Que por Resolución de la Dirección General del Servef de 26 de Mayo de 2004 se concedió a la Consellería de Cultura Educación y Deporte una subvención para la contratación de 30 trabajadores desempleados en la realización de una obra o servicio de interés general y social, por un periodo de 7 meses, con la denominación " Investigación y Restauración de fondos museográficos". Tras la firma de los contratos en los servicios centrales de la Concedería, entre los que figuran las actoras, estas fueron destinadas al Museo de Bellas Artes de Valencia, y su trabajo se realizó atendiendo a lasnecesidades y particularidades de cada uno de los servicios del centro y bajo la supervisión del personal técnico del Museo. TERCERO.- Que el contrato suscrito entre las partes fue de inserción a tiempo completo, siendo la jornada de 37,5 horas semanales, haciendo constar la cláusula sexta, que el mismo se realizaría para la investigación y restauración de fondos museográficos. CUARTO .- Que las funciones que las demandantes han desempeñado durante la vigencia del contrato han sido, en el caso de las actoras María Dolores , Esperanza y Maite , como guía docente en las visitas de grupos del Museo de Bellas Artes de Valencia, tanto en los itinerarios de visita general al Museo, como los temáticos referidos al taller didáctico. "El Paisaje, un género de la mirada " y "El Museo a la butxaca", dichas actividades las realizaron a través del Departamento de Didáctica y Comunicación del Museo; y en el caso de la actora Bárbara en apoyo a las tareas propias del departamento de registro, asistencia a montaje y desmontaje de exposiciones, vaciado de fondos bibliográficos para completar y actualizar el archivo informático de los fondos del Museo y mantenimiento y actualización de la documentación propia del departamento; expedientes de restauración, fondos fotográficos, fichas catalográficas; (doc 12,23,34 y 45 de las actoras). QUINTO.- Que el salario mensual del grupo de titulación A, en complemento de destino mínimo 20, y específico 24 según la jornada realizada,...

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