SAP Sevilla 210/2000, 15 de Marzo de 2000
Ponente | VICTOR JESUS NIETO MATAS |
ECLI | ES:APSE:2000:1277 |
Número de Recurso | 8019/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 210/2000 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
SENTENCIA N° 210
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
JOSÉ DE LA CRUZ BUGALLAL
MAGISTRADOS:
RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO
VÍCTOR NIETO MATAS
En SEVILLA, a quince de marzo de dos mil.
VISTOS por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de MENOR CUANTIA sobre IMPUGNACION DE ACUERDOS COMUNITARIOS, N° 286/98, procedentes delJuzgado de 1ª Instancia N° 4 de Sevilla , a instancia de DOÑA Ariadna representada por el Procurador Sr. López de Lemus y defendida por la Letrada Sra. Montes Astolfi contra DIRECCION000 , SEVILLA representada por el Procurador Sr. Pacheco Gómez y defendida por la Letrada Sra. Barreiro Arenas.
SE ACEPTAN los antecedentes de hechos de la sentencia recurrida, que con fecha 28 de Septiembre de 1998, dictó el Sr. Juez de Sev-4 , y que contiene el Fallo del siguiente tenor literal:" Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Don Juan López de Lemus, en nombre y representación de Doña Ariadna , contra la DIRECCION000 , situado en C/ DIRECCION001 NUM000 , representada por el Procurador Don Francisco José Pacheco Gómez, sobre nulidad de acuerdos adoptados en la Junta General de Propietarios de la Comunidad de 3 de Febrero de 1997, absuelvo a la demandada de las peticiones contra ella formuladas y sin hacerse expresa condena en costas".
Que notificada a las partes la relacionada sentencia y apelada por ambas partes, previa admisión del recurso en ambos efectos y emplazamientos oportunos, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, donde se personaron apelante y apelado y dado al recurso la tramitación prevenida, se trajeron los autos a la vista para sentencia, con citación de las partes, habiendo tenido lugar el día 17 de Febrero de 2000, con la asistencia de los Letrados por ambas partes, quienes han informado en apoyo de sus respectivas pretensiones.
Que en la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don VÍCTOR NIETO MATAS.
La Sra Letrada de la parte actora primera de las apelantes en esta alzada solicitó en el acto de la vista del recurso que se revocase la sentencia apelada y se declarara la nulidad de los acuerdos postulados en el suplico de la demanda que dio inicio a este procedimiento con referencia a los puntos 4° y 5° del Orden del Día relativo a la Junta de Propietarios celebrada el día 3 de Febrero de 1997.
En la escritura de División Horizontal del edificio en el que se ubica el local propiedad de la actora modificándose los Estatutos de la Comunidad consta que los t locales comerciales no participan, entre otros, en los gastos de portales, jardines y demás instalaciones interiores del bloque por no tener acceso a través de dicha entrada ni poder hacer uso de...
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