SAP Madrid 324/2014, 5 de Mayo de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución324/2014
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 26 (penal)
Fecha05 Mayo 2014

Sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934479/80

Fax: 914934482

GRUPO TRABAJO AMP

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0011271

Apelación Sentencias Violencia sobre la Mujer 768/2014

Origen : Juzgado de lo Penal nº 35 de Madrid

Procedimiento Abreviado 33/2014

Apelante: D. Marino

Procurador: D. JOSÉ PERIÁÑEZ GONZÁLEZ

Letrado: Dª BÁRBARA ROYO GARCÍA

Apelado: MINISTERIO FISCAL

Ilmos./as. Sres./Sras. Magistrados/as:

Dª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA (PONENTE)

D. LEOPOLDO PUENTE SEGURA

D. ERNESTO CASADO DELGADO

SENTENCIA Nº 324/2014

En Madrid, a 5 de mayo de 2014.

VISTOS en segunda instancia por la Sección Veintiséis de la Audiencia Provincial de Madrid los presentes autos de Procedimiento Abreviado 33/14, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 35 de Madrid por un delito de maltrato familiar contra Marino, representado por el Procurador D. JOSÉ PERIÁÑEZ GONZÁLEZ y defendido por la Letrada Dª BÁRBARA ROYO GARCÍA.

Ha comparecido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública.

Expresa el parecer de la Sala como ponente Dª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 35 de Madrid se dictó sentencia con fecha 24 de febrero de 2014, con los HECHOS PROBADOS del tenor siguiente: "El acusado en el presente juicio es Marino, mayor de edad y sin antecedentes penales computables, que en el año 2005 inició una relación sentimental con Florencia, con la que convivía con la hija común, nacida el día NUM000 de 2009, llamada Elisabeth, en la c/ DIRECCION000, nº NUM001, NUM002 NUM003, de Madrid.

  1. El día 30 de noviembre de 2011, Florencia pidió permiso al acusado para salir con sus amigas e ir a ver una actuación musical. El acusado pidió a Florencia la clave de su teléfono móvil para ver sus conversaciones y, al negárselo ella, iniciaron una discusión, en la que el acusado dijo a Florencia : "vas con tus amigas las putas, pero si la más puta eres tu, aquí en esta casa solo lo puedo pasar bien yo, así son las reglas" y comenzó a pegarla; le dio golpes en la cara, cogió unas tijeras de la cocina, cortándole el pelo a trasquilones y arrancándole las extensiones que llevaba, diciendo "yo acabaré en la Policía, pero tu no sales de aquí", le cogió por el pelo y la llevó a rastras hasta la habitación de su hija y, estando los tres dentro, quitó el picaporte de la puerta para impedir que saliera y empezó a golpearla en la cabeza con los objetos que encontraba y le clavó las tijeras en la cintura. Florencia gritó pidiendo auxilio, dándole el acusado un golpe en la garganta que le dejó sin aire unos segundos, tras lo cual logró abrir la puerta y salir corriendo, pero el acusado la interceptó, la agarró del pelo y en el salón la siguió golpeando, metiéndole en la boca la capucha de la cazadora de su hija para impedirle gritar, llegando poco después los agentes de la Policía, alertada por los vecinos.

    Como consecuencia de estos hechos, Florencia sufrió las siguientes lesiones:

    - Traumatismo craneal con dos bultomas de 2,5 cms de diámetro por 1 cm de sobre-elevación y de 1,5 cms de diámetro por 1 cm de sobreelevación en región parietal izquierda, traumatismo capilar con evidencia de corte de cabellos (trasquilones) muy abundantes, dejando los mismos a unos 5 cms de la raíz en las dos regiones fronto-parietales.

    - Traumatismo facial múltiple: hematoma de 4x2,5 cms en región retroauricular derecha, hematoma palpebral bilateral especialmente acusado en párpado inferior derecho y superior con edema asociado, edema nasal bilateral, herida contusa en mucosa labial interna de unos 2 cms asociado a hematoma con tumefacción de 3,5 cms, hematoma de 3x2 cms en mentón y región de arco mandibular izquierdo.

    - Traumatismo cervical múltiple: 4 placas eritematosas de un cm paralelas entre sí de aspecto digitiforme en cara lateral de cuello derecho, múltiples erosiones de entre 1 cm y 0,2 cm en hemicuello derecho, 2 placas eritematosas de 1,5 cms cada una en región media anterior cervical.

    - Traumatismo abdominal: herida punzante (incisa) de 0,5 cms, localizada en hipogastrio izquierdo, a unos 8 cms del ombligo, y placa eritematosa de 5 cms de diámetro que rodea a la herida punzante descrita.

    - Traumatismo costal: gran hematoma de 15x7 cms que afecta a la práctica totalidad de arcos costales laterales izquierdos, hematoma de 4x2 cms en flanco izquierdo.

    - Traumatismos múltiples de miembros superiores: placa eritematosa con edema asociado de 3x1 cm en cara externa de brazo derecho que responde a proceso evolucionado de impronta dental, dos hematomas de 4x2 y 4x1 cms en tercio medio y superior de brazo izquierdo separados entre sí unos 2 cms, hematoma en cara antero-interna de brazo izquierdo y hematoma de 8,5x4,5 cms en brazo derecho.

    Estas lesiones requirieron para su sanidad de una única asistencia facultativa, tardando en curar 21 días, 7 de los cuales fueron impeditivos, quedando secuelas de tipo cicatrizal secundarias a lesiones en mucosa labial y herida punzante abdominal y excoriación de 1 cm en región cervical.

    Florencia presentaba miedo al agresor, especialmente por represalias, sentimientos de culpabilidad, de rutina y acostumbramiento a agresiones físicas y sometimiento. No reclama por las lesiones. Su hija, en esa fecha de dos años y medio, estuvo con ella durante la agresión, tratando el acusado de que se fuera a su habitación, sin conseguirlo.

  2. Por Auto de fecha 2 de diciembre de 2011, dictado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 10 de Madrid, se prohibió al acusado acercarse a Florencia y comunicar con ella, resolución que fue notificada el mismo día al acusado, que fue requerido para su cumplimiento.

  3. No obstante tal prohibición, el acusado, desde el número de teléfono NUM004, llamó por teléfono en repetidas ocasiones a Florencia al número de teléfono NUM005 ; en concreto, el día 31 de diciembre de2012 llamó en 10 ocasiones, el día 1 de enero de 2013 en 6 ocasiones, el día 2 de enero una vez, el día 3 de enero dos veces, el día 4 de enero tres veces, el día 6 de enero cuatro veces, el día 7 de enero una vez, el día 9 de enero dos veces, el día 10 y día 11 de enero una vez cada día, el día 12 de enero cinco veces, el día 13 de enero seis veces, el día 14 y día 15 de enero cuatro veces cada día, el día 16 de enero una vez, el día 17 y día 18 de enero dos veces cada día, el día 19 de enero tres veces, el día 20 de enero cinco veces, el día 21 de enero cuatro veces, el día 22 de enero dos veces, el día 23 y día 24 de enero tres veces cada día, el día 25 de enero cinco veces, el día 26 y día 27 de enero una vez, el día 29 de enero siete veces, el día 30 de enero dos veces, el día 3l de enero cinco veces, el día 1 de febrero dos veces, el día 2, día 3 y día 5 de febrero tres veces cada día, el día 6 de febrero once veces, el día 7 de febrero cinco veces, el día 10 y día 11 de febrero tres veces cada día, el día 23 de febrero 23 veces, el día l3 de febrero dieciséis veces, el día 14 de febrero seis veces, el día 15 de febrero once veces, el día 16 de febrero diez veces, el día 17 de febrero seis veces, el día 18 de febrero ocho veces, el día 19 de febrero cinco veces, el día 20 de febrero trece veces, y el día 21 de febrero una llamada, fecha en que entró voluntariamente en prisión, tras ser acordada la misma por Auto de fecha 12 de septiembre de 2012, reanudándose las mismas el día 6 de marzo de 2013.

  4. Por Auto de fecha 6 de marzo de 2012 se acordó la libertad del acusado. El día 7 de marzo, desde el mismo número de teléfono, llamó a Florencia y le dijo que la iba a coser a puñaladas hasta que se le cansara la mano, que no le costaba nada que le pegaran dos tiros y que tuviera cuidado en el garaje, que la podían estar esperando.

  5. El Juzgado de Instrucción nº 8 de Leganés, en fecha 5 de junio de 2013, autorizó la intervención del teléfono utilizado por Marino . Como consecuencia de ello, se grabaron conversaciones realizadas por el acusado en dicho mes de junio, en las que desde el número de teléfono NUM006 comunicaba con Florencia y le mandaba mensajes de texto al teléfono con número NUM007 . En concreto, el día 11 de junio, a las 12:24 horas, le mandó un sms que decía "traeme mi dinero que al final verás como vais a cagar vinagre todos"; el día 12 de junio, a las 22:18 horas, Florencia llamó a Elisabeth para que le devolviese a la niña, respondiendo él que si quiere que le denuncie, que no le da a la niña, que sin dinero no hay niña y que como le vuelva a denunciar va y la mata; el día 12 de junio, a las 23:12 horas, el acusado mandó un sms a Florencia en el que decía "llama a tus muertos"; el día 14 de junio, a las 14:58 horas, el acusado, en conversación mantenida con Florencia, le dice que una persona que habla con maderos sólo se merece un agujero en el suelo; el día 19 de junio, a las 9 horas, mandó varios sms en los que decía "chivata de mierda, cagona, así q traeme todo lo mío, te lo estoy advirtiendo q no es un juego esto, eres un cero de mujer, cobarde chivata inteligencia de... subnormal, q prefieres q me dejen preso y no puede hacer mi vida yo eso quieres", "q te crees q me voy a quedar de brazos cruzados con todo lo q msa echo chivandome y metiéndome preso jajajajjaja estas cagadita como siempre", "no quieres estar bien y ser normal vivir feliz, no la manca siempre queire q la amenacen y hacer todo mal, es junio vine el ramadan y tu no mas ayudado", "mi en nada y yo a ti en todo eso no es justo, por q tengo hija es lo q te da creditos si no game over hace ya años chivata", "una chatarra como tu q no vale ni un centavo me faltas al respeto a mi q te dao todo me cago en tus muertos cerda tirada muerta de hambre q te crees lista", "casa mia joyas mias, me das penita desgraciada, quieres un dia morirte o q te haga algo terrible, por q yo ya no aguanto q te...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR