SAP Cádiz 62/2001, 7 de Febrero de 2001

PonenteJUAN JAVIER PEREZ PEREZ
ECLIES:APCA:2001:417
Número de Recurso357/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución62/2001
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 7ª

SENTENCIA NÚMERO 62

En la ciudad de Algeciras, a siete de febrero de dos mil uno.

Visto por esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, integrada por los Magistrados antes citados, el rollo de apelación de referencia, dimanante del Procedimiento igualmente referenciado; y pendiendo en esta Sala recurso de apelación formulado por D. Guillermo , representado por el Procurador Sr. Molina García, contra la sentencia de fecha 30 de julio de 1.999 del Juzgado de Primera Instancia antes referenciado; siendo parte recurrida Dña. Gema , representada por la Procuradora Sr. Moreno Martín; y habiendo sido designado ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan Javier Pérez Pérez, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó sentencia en la fecha antes citada, cuyo fallo dice lo siguiente:

Que estimando la demanda de separación interpuesta por la Procuradora DOÑA SILVIA MORENO MARTÍN DEBO DECLARAR Y DECLARO la separación matrimonial de DOÑA Gema y DON Guillermo con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y, en concepto de pensión compensatoria, DON Guillermo abonará a DOÑA Gema el 25% de sus ingresos netos mensuales, en la forma que ella establezca; sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas de este procedimiento.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de D. Guillermo ; admitido a trámite el recurso, emplazándose a las partes y personadas éstas ante esta Audiencia Provincial, donde se remitieron los autos; formado el rollo y designado ponente,se señaló día para la vista, quedando el recurso visto para votación, fallo y dictado de la sentencia.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante impugna la sentencia por dos motivos: en primer lugar, interesando la declaración de nulidad de lo actuado, desde el emplazamiento efectuado al mismo como demandado; en segundo lugar, subsidiariamente, oponiéndose a la fijación de pensión compensatoria.

El primero de los motivos exige el análisis cronológico de las actuaciones que se impugnan, a la vista de los hechos documentalmente acreditados en autos:

El letrado de la actora remitió carta al Sr. Guillermo , fechada el 30-9-98, dirigida al domicilio de un tercero, en La Rioja, remitiéndole propuesta de convenio regulador, e interesando se lo devolviera firmado, así como indicando una dirección donde pudiera ser citado.

El 6-10-98 (tan sólo siete días después, sin haber recibido aún contestación), la actora interpuso demanda de separación, alegando en ella desconocer el domicilio de su esposo, e interesando su emplazamiento por edictos.

El 14-10-98 el Juzgado acordó emplazar al demandado por edictos.

El 20-10-98 el letrado de la actora recibió contestación del esposo, firmando el correspondiente acuse de recibo, en el que figuraba, como domicilio del esposo remitente, el mismo al que el propio letrado había dirigido su carta anterior. Sin embargo, ni la actora ni su letrado comunicaron al Juzgado el hecho de conocer ese domicilio.

Consiguientemente, el 18-2-99 el demandado fue declarado en rebeldía, siguiéndose el procedimiento sin su intervención, hasta dictarse la sentencia de fecha 30-7-99.

Meses después, en abril de 2.000 el esposo, que manifestó haber tenido conocimiento de la sentencia por su hermana, se personó en la causa, apelando la sentencia e interesando la nulidad de lo actuado, acordando la Jueza de instancia no incoar incidente de nulidad de actuaciones.

En cuanto a la valoración jurídica de estos hechos, debe partirse del art. 269 de la anterior Ley de Enjuiciamiento civil, aplicable al presente procedimiento, que establece la citación o...

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