SAP Sevilla 59/2014, 20 de Febrero de 2014

PonenteFEDERICO JIMENEZ BALLESTER
ECLIES:APSE:2014:921
Número de Recurso120/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución59/2014
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª

1 Or14-120

AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA

Prado de San Sebastián, s.n.

Proc. Origen: Juicio Ordinario número 16/2012

Juzgado: de Primera Instancia 1 de Osuna

Rollo de Apelación: 120/2014-A-D

SENTENCIA Nº

Ilustrísimo Señor Presidente:

D. VÍCTOR JESÚS NIETO MATAS

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO

D. FEDERICO JIMÉNEZ BALLESTER

En SEVILLA, a 20 de febrero de 2014. La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 16/2012 por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador don José María Montes Morales, en nombre y representación de doña Celsa, y por otra parte el Procurador don José Antonio Ortiz Mora, en nombre y representación de doña Lourdes, contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 17 de octubre de 2013 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Osuna de Sevilla se dictó sentencia de fecha 17 de octubre de 2013, que contiene el siguiente

FALLO

"Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. JOSÉ ANTONIO ORTIZ MORA, en nombre y representación de Dña. Lourdes, frente a Dña. Celsa, por lo que debo declarar y declaro la nulidad del testamento notarial otorgado en Osuna el día 31 de mayo de 2005 por D. Octavio, y del testamento notarial otorgado en Osuna el día 31 de mayo de 2005 por Dña. María Esther, con expresa imposición de las costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se preparó e interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado a quo, dándose traslado del mismo a la otra parte que presentó escrito de oposición, ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designó ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales CUARTO.- Siendo ponente el Magistrado FEDERICO JIMÉNEZ BALLESTER.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la resolución impugnada en cuanto se opongan a los siguientes

PRIMERO

A los efectos de la resolución del presente recurso apelación es preciso tener en cuenta los siguientes hechos, acerca de los que no existe controversia entre las partes:

El pasado día 31 de mayo de 2005 ante Notario don Diego Gallardo Gallardo otorgó testamento abierto, por el que revocando expresamente toda disposición testamentaria anterior, instituía heredera a la hoy apelante su hija doña Celsa .

El pasado día 31 de mayo de 2005 ante Notario doña María Esther otorgó testamento abierto, por el que revocando expresamente toda disposición testamentaria anterior, instituía heredera a la hoy apelante su hija doña Celsa .

Ambos testadores declararon no saber leer, ni firmar, interviniendo como testigos instrumentales doña Eufrasia y don Jesús María, que era la pareja sentimental de la heredera al tiempo del otorgamiento, existiendo una convivencia more uxorio...

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