SAP Badajoz 142/2003, 24 de Octubre de 2003

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Badajoz, seccion 2 (civil)
Fecha24 Octubre 2003
Número de resolución142/2003

SENTENCIA Nº:142/03

Iltmos. Sres. Magistrados :

D.CARLOS CARAPETO M. DE PRADO

D.FERNANDO PAUMARD COLLADO

FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ

Recurso nº 151 /03.

Autos n: 632/02.Procedimiento Verbal .

Juzgado de 1ª Instancia . Badajoz nº 3

En Badajoz a 24 de - Octubre- 2003.

La sección 2ª de esta Audiencia Provincial , formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados , ha visto en grado de apelación , los precedentes autos ( Verbal nº 632/02, Recurso Civil n º151/03 Juzgado de 1ª Instancia. Badajoz nº 3 ) , en virtud de demanda formulada de Silvio y la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 nº NUM000 , defendidos por el Letrado Dº Rodrigo Bravo Bravo, seguida contra Concepción , defendida por el Letrado Dº Francisco Manuel Rodríguez Castaño sobre Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En mencionados autos se dictó Sentencia con fecha :20-1- 03 por el Iltmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Badajoz nº 1 , cuyo Fallo es el siguiente : " Que estimando parcialmente la demanda formulada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA EDIFICIO000 Nº NUM000 DE BADAJOZ, debo condenar y condeno a la demandada doña Concepción a que abone a la actora la suma de SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS Y NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS(624,99.-euros); dicha cantidad será incrementada en el interés del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".

Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.SEGUNDO .- Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN por Dª Concepción .,admitido en ambos efectos, acordándose seguidamente remitir los autos a este Tribunal , previo emplazamiento de las partes, compareciendo en la alzada a efectos de impugnación la de la parte apelada , formándose a continuación el Rollo de Sala, nº 151 /03 , admitida la apelación , quedaran los autos proveyentes para Sentencia.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

Vistos siendo ponente la Magistrado Iltma. Sra. Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la demandada interpuso recurso de apelación, por considerar que el Juzgador "a quo", en su Sentencia de instancia efectuó una incorrecta valoración de la prueba practicada en autos, puesto que estima que como administradora de la Comunidad de Propietarios demandante se limitó a ejecutar el acuerdo adoptado en la Junta, consistente en la cancelación de la póliza de seguros concertada con la aseguradora Mapfre y en la contratación de otra con la entidad Santa Lucía; por lo que, en ningún caso, su actuación puede tenerse como negligente y por tanto sujeta a ningún tipo de indemnización; en base a ello, solicita la estimación del recurso de apelación interpuesto y la revocación de la Sentencia de instancia, con condena en costas a la actora.

De otro lado y por la representación procesal de la demandante se interesa la revocación de la Sentencia de instancia, en el sentido de condenar a la Sra. Concepción al abono a la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 nº NUM000 , a la suma de 900 Euros, cantidad primitivamente pedida en la demanda origen del presente procedimiento, en lugar de los 624,99 euros, concedidos en la resolución...

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