ATS, 20 de Mayo de 2014

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Mayo 2014
EmisorTribunal Supremo, sala primera, (Civil)

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Mayo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D.ª Noelia y Pleta Auditores S.L. presentó el día 9 de abril de 2013 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2013 , aclarada mediante auto de 11 de marzo de 2013 por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 15. ª), en el rollo de apelación nº 336/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 194/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona.

    La representación procesal de Corporación Sant Bernat S.A., Baring Private Equity Partners España S.A., Catalana D`Iniciatives CR S.A. y D. Abilio presentó el día 15 de abril de 2013 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2013 , aclarada mediante auto de 11 de marzo de 2013 por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 15ª), en el rollo de apelación nº 336/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 194/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 24 de mayo de 2013 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes.

  3. - La procuradora D.ª Mercedes Ruiz -Gopegui, en nombre y representación de D.ª Noelia y Pleta Auditores S.L., presentó escrito ante esta Sala el día 29 de mayo de 213, personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª M.ª del Carmen Ortiz Cornago en nombre y representación de Corporación Sant Bernat S.A., Baring Private Equity Partners España S.A., Catalana D`Iniciatives CR S.A. presentó escrito ante esta Sala el día 10 de junio de 2013, personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª Montserrat Navas Raez en nombre y representación de Frigicoll S.A., y Saeco Ibérica S.A. presentó escrito ante esta Sala el día 26 de junio de 2013, personándose en concepto de parte recurrida. El procurador D. Victorio Venturini Medina en nombre y representación de D. Abilio presentó escrito ante esta Sala el día 1 de julio de 2013, personándose en concepto de parte recurrente-recurrida.

  4. - Las partes recurrentes han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Noelia y Pleta Auditores S.L. al amparo del artículo 477.2.3º LEC , así como el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal formalizados por Corporación Sant Bernat S.A., Baring Private Equity Partners España S.A., Catalana D`Iniciatives CR S.A. y D. Abilio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos formalizados por las recurrentes, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y a las partes recurrentes- recurridas, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D.ª Noelia y Pleta Auditores S.L. contra la sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2013 , aclarada mediante auto de 11 de marzo de 2013 por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 15ª), en el rollo de apelación nº 336/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 194/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona.

  2. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de Corporación Sant Bernat S.A., Baring Private Equity Partners España S.A., Catalana D`Iniciatives CR S.A. y D. Abilio contra la sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2013 , aclarada mediante auto de 11 de marzo de 2013 por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 15ª), en el rollo de apelación nº 336/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 194/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona.

  3. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y a las partes recurrente-recurridas personadas ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 483.5 LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR