ATS, 13 de Mayo de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:4008A
Número de Recurso2044/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Victor Manuel y Dª Isidora , con fecha 10 de septiembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 10 de julio de 2013, por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 3206/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 954/2012 del Juzgado de Primera Instancia 5 de San Sebastián.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 12 de septiembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora Dª. Mercedes Revillo Sánchez, en nombre y representación de D. Victor Manuel y Dª. Isidora , presentó escrito ante esta Sala con fecha 20 de septiembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª. Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 7 de octubre de 2013 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Victor Manuel y Dª. Isidora , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Victor Manuel y Dª Isidora contra la Sentencia dictada, en fecha 10 de julio de 2013, por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 3206/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 954/2012 del Juzgado de Primera Instancia 5 de San Sebastián.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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